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Este artÃculo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas. Si detecta algún error, por favor avÃsenos haciendo click en "Reportar un error" (más abajo en esta misma página). Mil gracias.
Duración: 22 minutos 48 segundos
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*La siguiente tabla es mencionada y usada en la Conferencia:
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Categoría |
Cuales entidades se ubican allí? |
Tipo de declaración que presentan |
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1. “Contribuyentes”, en el Régimen Ordinario |
Las mencionadas en el art.19 del ET, pero que no cumplan con la totalidad de los requisitos exigidos en dicha norma más el decreto 4400 de dic de 2004 |
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2. “Contribuyentes”, en el Régimen Tributario Especial |
Las mencionadas en el art.19 del ET, y que sí cumplieron con la totalidad de los requisitos allí mencionados mas los del decreto 4400 de dic de 2004 |
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3. “No contribuyentes”, declarantes |
Todas las mencionadas en el Art. 18, 18-1,22,23,23-1,23-2 del ET, con tal que no estén exoneradas de presentar la declaración tal como lo indica el art.598 del ET (ver art.11 dec.4714 de dic de 2005) |
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4. “No contribuyentes”, No declarantes |
Todas las mencionadas en el Art. 18, 18-1,22,23,23-1,23-2 del ET, y que al mimo tiempo figuran en el art.598 del ET como exoneradas de presentar la declaración (ver art.12 dec.4714 de dic de 2005) |
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