Duración: 10 minutos
En vista de la eliminación que la ley 1111 de Diciembre del 2006 hiciera al sistema de ajustes integrales por inflación fiscales, las sociedades comerciales ya no podrán seguir incluyendo en la sección de rentas ordinarias algunas partidas que están señaladas para ser declaradas en la sección de ganancias ocasionales. Por consiguiente tales partidas les harÃan tener que tributar impuesto de ganancias ocasionales, e incluso las utilidades contables reflejadas en tales partidas, aun cuando la sociedad pague el impuesto sobre ellas, pasarÃan como gravadas en cabeza de los socios. En esta conferencia abordamos este importante tema
Repaso a la forma en como las sociedades comerciales manejaban hasta Diciembre del 2006 las partidas que originan impuesto de ganancias ocasionales
Aclaración de por qué razón, con la eliminación de los ajustes por inflación fiscales, las sociedades comerciales tendrÃan que volver a liquidar impuestos de ganancias ocasionales en sus declaraciones anuales del impuesto de renta y complementario
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