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	<title>Comentarios en: Y arrancaron las Declaraciones!</title>
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	<description>Actualidad Contable y Tributaria - Análisis y Guías detalladas para el profesional de la contabilidad</description>
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		<title>Por: Cielo Rojas</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-89238</link>
		<dc:creator>Cielo Rojas</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 08 Oct 2011 15:43:00 +0000</pubDate>
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		<description>Me gustaría saber a partir de cuantos salarios Mínimos, la persona está 
obligada a pagar Retefuente, Impuestos, eso es muy duro y penoso, para 
los Independientes, porque el presupuesto no alcansaría para tanto me 
parece Injusto, muchas gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Me gustaría saber a partir de cuantos salarios Mínimos, la persona está<br />
obligada a pagar Retefuente, Impuestos, eso es muy duro y penoso, para<br />
los Independientes, porque el presupuesto no alcansaría para tanto me<br />
parece Injusto, muchas gracias</p>
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		<title>Por: Cielo Rojas</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-89237</link>
		<dc:creator>Cielo Rojas</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 08 Oct 2011 15:40:00 +0000</pubDate>
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		<description>Me gustaría saber a partir de cuantos salarios Mínimos, la persona está obligada a pagar Retefuente, Impuestos, eso es muy duro y penoso, para los Independientes, porque el presupuesto no alcansaría para tanto me parece Injusto, muchas gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Me gustaría saber a partir de cuantos salarios Mínimos, la persona está obligada a pagar Retefuente, Impuestos, eso es muy duro y penoso, para los Independientes, porque el presupuesto no alcansaría para tanto me parece Injusto, muchas gracias</p>
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		<title>Por: Patricia</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-89222</link>
		<dc:creator>Patricia</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 08 Oct 2011 01:36:00 +0000</pubDate>
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		<description>Mi comentario esta más relacionado con la herramienta que colocó a disposición actualícese y que se mensiona en el numeral 2 de este artículo;  tengo una duda,  espero pueda ser resuelta,  por que en el aplicativo calculan ret iva asumida al régimen simplificado sobre cualquier valor,  tengo entendido que este asiento aplica si el servicio fue sometido a retfte por renta,  no sobre cualquier valor.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Mi comentario esta más relacionado con la herramienta que colocó a disposición actualícese y que se mensiona en el numeral 2 de este artículo;  tengo una duda,  espero pueda ser resuelta,  por que en el aplicativo calculan ret iva asumida al régimen simplificado sobre cualquier valor,  tengo entendido que este asiento aplica si el servicio fue sometido a retfte por renta,  no sobre cualquier valor.</p>
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	<item>
		<title>Por: Lucfade</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-88774</link>
		<dc:creator>Lucfade</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 Oct 2011 17:24:00 +0000</pubDate>
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		<description>Cuando una persona es DEPENDIENTE  por su vinculación laboral en el sector privado, pero al mismo tiempo puede adelantar un contrato de prestación de un servicio especifico con entidad pública, de que manera se hacen los aportes parafiscales y no quedar inmerso en una doble afiliación.

Como queda ahora la liquidación del retro activo por las retenciones hechas de acuerdo al  Decreto 3590 de septiembre 28 de 2011, por medio del cual se reglamenta el artículo 173 de la Ley 1450 de 2011, referente a la aplicación de la tabla de retención en la fuente a los trabajadores independientes para ingresos laborales de que trata el artículo 383 del E.T.,  </description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Cuando una persona es DEPENDIENTE  por su vinculación laboral en el sector privado, pero al mismo tiempo puede adelantar un contrato de prestación de un servicio especifico con entidad pública, de que manera se hacen los aportes parafiscales y no quedar inmerso en una doble afiliación.</p>
<p>Como queda ahora la liquidación del retro activo por las retenciones hechas de acuerdo al  Decreto 3590 de septiembre 28 de 2011, por medio del cual se reglamenta el artículo 173 de la Ley 1450 de 2011, referente a la aplicación de la tabla de retención en la fuente a los trabajadores independientes para ingresos laborales de que trata el artículo 383 del E.T.,  </p>
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	<item>
		<title>Por: Wilmer Leandro</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-88483</link>
		<dc:creator>Wilmer Leandro</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 02 Oct 2011 20:08:00 +0000</pubDate>
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		<description>Si, Ricardo, analizando bien la norma, la tabla efectivamente arranca desde cero (0)</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si, Ricardo, analizando bien la norma, la tabla efectivamente arranca desde cero (0)</p>
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	<item>
		<title>Por: Ricardo</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-88472</link>
		<dc:creator>Ricardo</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 02 Oct 2011 13:23:00 +0000</pubDate>
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		<description>Creo que interpreta mal la norma.  a los de contratistas de menos de 95 UVT si le aplica la tabla, por que estan en el rango 0 a 95 de la tabla.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Creo que interpreta mal la norma.  a los de contratistas de menos de 95 UVT si le aplica la tabla, por que estan en el rango 0 a 95 de la tabla.</p>
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		<title>Por: Juliosorio</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-88454</link>
		<dc:creator>Juliosorio</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 01 Oct 2011 17:11:00 +0000</pubDate>
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		<description>AMIGO LA DIAN NO PUEDE EMITIR DECRETOS REGLAMENTARIOS</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>AMIGO LA DIAN NO PUEDE EMITIR DECRETOS REGLAMENTARIOS</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Miguel Angel García L.</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-88450</link>
		<dc:creator>Miguel Angel García L.</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 01 Oct 2011 15:29:00 +0000</pubDate>
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		<description>Mejor dicho, se acabaron los auxiliares contables, ahora vamos a necesitar matemáticos financieros, brujas y hechiceros para que puedan entender la norma, porque si para los que mas o menos entendemos nos tocó leerlo tantas veces cómo será para los que preguntan hasta qué significa retefuente?. La verdad, sí, el remedio resultó peor que la enfermedad, el art. 173 de la Ley 1450 era claro en si mismo y no requería sino su aplicación inmediata, señores de la DIAN ustedes están en contravia de lo que predica el gobierno.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Mejor dicho, se acabaron los auxiliares contables, ahora vamos a necesitar matemáticos financieros, brujas y hechiceros para que puedan entender la norma, porque si para los que mas o menos entendemos nos tocó leerlo tantas veces cómo será para los que preguntan hasta qué significa retefuente?. La verdad, sí, el remedio resultó peor que la enfermedad, el art. 173 de la Ley 1450 era claro en si mismo y no requería sino su aplicación inmediata, señores de la DIAN ustedes están en contravia de lo que predica el gobierno.</p>
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	<item>
		<title>Por: Wilmer Leandro TB</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-88449</link>
		<dc:creator>Wilmer Leandro TB</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 01 Oct 2011 13:58:00 +0000</pubDate>
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		<description>Fe de Erratas - Estoy de acuerdo con lo que dice el colega Ricardo Chávez, está más claro lo que dice el artículo 173 de la ley 1450 de 2011, que lo que dice el decreto 3590, porque realmente, no reglamentó lo que se necesitaba, cuando haya lugar a aplicar retención ¿lo aplicará un solo agente de retención?, ¿lo aplicaran cada uno de los agentes de retención?, si la tabla para asalariados empieza con 95 UVT-y para este caso va hasta las 300 UTV, los que estén por debajo de las 95 UVT ¿ no les aplicaría retención? ¿o si les aplicaría retención?, mire lo que dice el literal del decreto reglamentario. f) Cuando no proceda la aplicación de la tabla, el agente retenedor practicará la retención en la fuente de acuerdo con los conceptos y las tarifas previstos en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes,… Para mí es confuso este literal, da la sensación que a los que estén por debajo de las 95 UVT, los cuales no se les aplica la tabla, se les tuviera que aplicar las retenciones que normalmente veníamos aplicando. ¿Será que estoy entendiendo mal este literal?...
</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Fe de Erratas &#8211; Estoy de acuerdo con lo que dice el colega Ricardo Chávez, está más claro lo que dice el artículo 173 de la ley 1450 de 2011, que lo que dice el decreto 3590, porque realmente, no reglamentó lo que se necesitaba, cuando haya lugar a aplicar retención ¿lo aplicará un solo agente de retención?, ¿lo aplicaran cada uno de los agentes de retención?, si la tabla para asalariados empieza con 95 UVT-y para este caso va hasta las 300 UTV, los que estén por debajo de las 95 UVT ¿ no les aplicaría retención? ¿o si les aplicaría retención?, mire lo que dice el literal del decreto reglamentario. f) Cuando no proceda la aplicación de la tabla, el agente retenedor practicará la retención en la fuente de acuerdo con los conceptos y las tarifas previstos en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes,… Para mí es confuso este literal, da la sensación que a los que estén por debajo de las 95 UVT, los cuales no se les aplica la tabla, se les tuviera que aplicar las retenciones que normalmente veníamos aplicando. ¿Será que estoy entendiendo mal este literal?&#8230;</p>
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	<item>
		<title>Por: Jorge Burgos</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-55457</link>
		<dc:creator>Jorge Burgos</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Apr 2010 18:16:08 +0000</pubDate>
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		<description>En el año 2009 junio se constituyo una empresa a dic 31 de 2009 dio una perdida de 13 millones como se calcula o que base se toma para calcular esta, si no tiene base para presentar de todos modos se presenta el formulario en cero a pagar.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En el año 2009 junio se constituyo una empresa a dic 31 de 2009 dio una perdida de 13 millones como se calcula o que base se toma para calcular esta, si no tiene base para presentar de todos modos se presenta el formulario en cero a pagar.</p>
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	<item>
		<title>Por: CARLOS GARCIA</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-36110</link>
		<dc:creator>CARLOS GARCIA</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Mar 2009 12:42:54 +0000</pubDate>
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		<description>ESTIMADO JORGE

TENIENDO EN CUENTA LA INICIACION DE LABORES Y LA INICIACION DE ACTIVIDADES SEGUN EL RUT Y AUNQUE DEPURADA LA REENTA CON AQUELLOS GASTOS QUE NOS SON DECLARABLES SIGUE EXISTIENDO  PERDIDA FISCAL NO HABRIA LUGAR A APLICAR IMPUESTO DE RENTA, PUESTO QUE TAMMPOCO EXISTEN BASES ANTERIORES PARA CALCULARLO POR PRESUNTIVA.

CUALQUIER DUDA NO DUDES EN CONSULTARLA

ATTE CARLOS GARCIA</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>ESTIMADO JORGE</p>
<p>TENIENDO EN CUENTA LA INICIACION DE LABORES Y LA INICIACION DE ACTIVIDADES SEGUN EL RUT Y AUNQUE DEPURADA LA REENTA CON AQUELLOS GASTOS QUE NOS SON DECLARABLES SIGUE EXISTIENDO  PERDIDA FISCAL NO HABRIA LUGAR A APLICAR IMPUESTO DE RENTA, PUESTO QUE TAMMPOCO EXISTEN BASES ANTERIORES PARA CALCULARLO POR PRESUNTIVA.</p>
<p>CUALQUIER DUDA NO DUDES EN CONSULTARLA</p>
<p>ATTE CARLOS GARCIA</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: alfonso</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-23581</link>
		<dc:creator>alfonso</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Jul 2008 13:25:27 +0000</pubDate>
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		<description>QUE INTERESANTE...LOS FELICITO</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>QUE INTERESANTE&#8230;LOS FELICITO</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Luis Fernando</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-23074</link>
		<dc:creator>Luis Fernando</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 19 Jun 2008 04:31:15 +0000</pubDate>
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		<description>Gustavo 
buenas noches, quisiera si le es posible me colaborará con lo siguiente, una entidad sin ánimo de lucro no tiene operaciones el año pasado, su declaración de renta debe ser presentada en ceros? muchas gracias

Luis Fernando</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Gustavo<br />
buenas noches, quisiera si le es posible me colaborará con lo siguiente, una entidad sin ánimo de lucro no tiene operaciones el año pasado, su declaración de renta debe ser presentada en ceros? muchas gracias</p>
<p>Luis Fernando</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: JESUS AVILA</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-22609</link>
		<dc:creator>JESUS AVILA</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 09 Jun 2008 22:07:17 +0000</pubDate>
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		<description>Cordial Saludo

Esta pagina ha sido una de las grandes herramientas que tenemos los contadores hoy en dia.

felicitaciones por tanto apoyo a nuestra profesion, y seguiremos divulgando entre los colegas esta pagina para los que no la conocen

JESUS AVILA
j10avila@yahoo.com</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Cordial Saludo</p>
<p>Esta pagina ha sido una de las grandes herramientas que tenemos los contadores hoy en dia.</p>
<p>felicitaciones por tanto apoyo a nuestra profesion, y seguiremos divulgando entre los colegas esta pagina para los que no la conocen</p>
<p>JESUS AVILA<br />
<a href="mailto:j10avila@yahoo.com">j10avila@yahoo.com</a></p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: dahian</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2008/04/13/comenzaron-las-declaraciones/comment-page-1/#comment-21601</link>
		<dc:creator>dahian</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 03 May 2008 01:16:09 +0000</pubDate>
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		<description>nos es de mucha ayuda a los estudiantes de contaduría está pagina, pues nos mantiene al día en forma breve y precisa.. sigan así. gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>nos es de mucha ayuda a los estudiantes de contaduría está pagina, pues nos mantiene al día en forma breve y precisa.. sigan así. gracias</p>
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