Prorrogar 100 veces un Contrato a Término Fijo nunca lo convierte en un Contrato a Término Indefinido

Por: actualicese.com
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Publicado: 26 de agosto de 2008
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“Una mentira repetida muchas veces se termina convirtiendo en verdad”. Esta frase, atribuída a Joseph Goebbels, se aplica al dedillo en este asunto laboral.

Un contrato que nace a término fijo así muere, siempre y cuando…

Si la voluntad del empleador es contratar a un empleado por un término fijo, siempre se mantendrá por el tiempo estipulado en el contrato.

¿… y si el empleador olvidó darlo por terminado y se prórroga automáticamente varias veces?

Cuando ninguna de las partes lo da por terminado, este se prórroga automáticamente por igual término al contrato inicial (art. 46 Código Laboral) y sucesivamente.

Al cabo de 3 prorrogas, la 4ª prórroga irá por un término de 1 año y así sucesivamente los siguientes por periodos de 1 año.

Pero si el empleador lo extiende varias veces en periodos fijos o porque se aplicó la prórroga automática, ¿después de muchos años en lo mismo no se convertirá en término indefinido?

Nunca. Por eso el artículo 46 del Código Laboral es claro al decir en la parte final del primer parágrafo, que el contrato a término fijo es renovable indefinidamente.

Un sólo contrato a término fijo no puede ser superior a 3 años, varios sí.

En muchos casos, cuando se hace una lectura rápida y sin detenimientos al artículo 46 del Código Laboral se cree que el contrato a término fijo nunca puede exceder los 3 años, pero lo que quiere la norma decir es que un sólo contrato a término fijo no puede exceder dicho término. Sin embargo, si son varios contratos a término fijo la suma de todos estos puede superar los 3, 5, 10 y 20 años y hasta más.

¿Qué se necesita para que un contrato a término fijo se convierta a uno indefinido?

Que expresamente el empleador decida transformar el contrato fijo a uno de duración indefinida y el trabajador por supuesto, acepte ese cambio, el cual por regla general es mucho mejor para sus intereses.

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Última actualización: marzo 31, 2009 | Volver al inicio de esta sección
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