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Este artÃculo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas. Si detecta algún error, por favor avÃsenos haciendo click en "Reportar un error" (más abajo en esta misma página). Mil gracias.
A partir del lunes 3 de Agosto de 2009 empezarán a vencerse los plazos para que las Personas Naturales y sucesiones ilÃquidas residentes en Colombia presenten oportunamente su Declaración de Renta y Complementario por el Año Gravable 2008.
Cabe anotar que si residen en el exterior, los plazos se vencerán en el mes de Septiembre de 2009 (Art.15 Decreto 4680 de Dic. de 2008). Por tal motivo, hemos realizado una completa recopilación de editoriales, conferencias y herramientas que debes tener en cuenta para esto.
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