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	<title>Comentarios en: En los reportes de Exógena 2009 ¿cuál sería el valor base para las  retenciones por salarios y por honorarios en el formato 1002?</title>
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	<description>Actualidad Contable y Tributaria - Análisis y Guías detalladas para el profesional de la contabilidad</description>
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		<title>Por: carmen parra</title>
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		<dc:creator>carmen parra</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Nov 2010 19:37:02 +0000</pubDate>
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		<description>tambien quiero  darles  las gracias  los informes que suministran  los cuales  nos despejan muchas dudas 
carmen</description>
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carmen</div>
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		<title>Por: carmen parra</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2010/04/26/en-los-reportes-de-exogena-2009-cual-seria-el-valor-base-para-las-retenciones-por-salarios-y-por-honorarios-en-el-formato-1002/comment-page-1/#comment-63357</link>
		<dc:creator>carmen parra</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Nov 2010 19:33:55 +0000</pubDate>
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		<description>buenas  tardes 

En el año 2000  la dian me clasifico en regimen comun sin llenar los requisitos desde entonces presente la declaracion del iva bimestral mas nunca hasta  la fecha del 2010 he presentado declaracion  de retencion en primer lugar desconocia  la obligacion  puesto que tenia un contador  que elavoraba las declaraciones  y  la contabilidad confiaba en que todo estaba al dia  me entere a este año 2010 que tenia  esa obligacion cuando  fui a cancelar  el regimen comun  debido a que cese la actibidad  por favor  quisiera  saber  si en el momento que registre los papeles  para cancelar  la dian  me hace efectiva la no presentacion de las declaraciones aclarando que durante  la vigencia de la actibidad no retuve</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">buenas  tardes </p>
<p>En el año 2000  la dian me clasifico en regimen comun sin llenar los requisitos desde entonces presente la declaracion del iva bimestral mas nunca hasta  la fecha del 2010 he presentado declaracion  de retencion en primer lugar desconocia  la obligacion  puesto que tenia un contador  que elavoraba las declaraciones  y  la contabilidad confiaba en que todo estaba al dia  me entere a este año 2010 que tenia  esa obligacion cuando  fui a cancelar  el regimen comun  debido a que cese la actibidad  por favor  quisiera  saber  si en el momento que registre los papeles  para cancelar  la dian  me hace efectiva la no presentacion de las declaraciones aclarando que durante  la vigencia de la actibidad no retuve</p></div>
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		<title>Por: Stella</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2010/04/26/en-los-reportes-de-exogena-2009-cual-seria-el-valor-base-para-las-retenciones-por-salarios-y-por-honorarios-en-el-formato-1002/comment-page-1/#comment-56866</link>
		<dc:creator>Stella</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 20 May 2010 03:55:27 +0000</pubDate>
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		<description>Es la primera vez que presento el formato 1002 y me genera duda sobre el valor a presentar con respecto a honorarios, servicios a personas naturales, pues si se expiden certificados por X valores y los valores declarados se aproximan a miles, con cual de ellos debo trabajar el Formato 1002? Entiendo que debo realizar un cruce con las certificaciones sobre retenciones efectivamente practicadas, pero tambien debo soportar la informacion consignada en este formato con las declaraciones presentadas, entonces en realidad sobre cuales datos debo trabajar, sobre las bases y retenciones reales o sobre las aproximaciones pagadas?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">Es la primera vez que presento el formato 1002 y me genera duda sobre el valor a presentar con respecto a honorarios, servicios a personas naturales, pues si se expiden certificados por X valores y los valores declarados se aproximan a miles, con cual de ellos debo trabajar el Formato 1002? Entiendo que debo realizar un cruce con las certificaciones sobre retenciones efectivamente practicadas, pero tambien debo soportar la informacion consignada en este formato con las declaraciones presentadas, entonces en realidad sobre cuales datos debo trabajar, sobre las bases y retenciones reales o sobre las aproximaciones pagadas?</div>
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		<title>Por: german dario rojas</title>
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		<dc:creator>german dario rojas</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 May 2010 14:58:59 +0000</pubDate>
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		<description>Me identifico con quienes optan por reportar el valor depurado, ya que los funcionarios de la DIAN son muy obtusos en el rastreo de ingresos y pueden desconocer la parte exenta de los salarios, igualmente tuve un caso de un contribuyente a quien una empresa le reportó el vr. bruto y fue imposible pese a las pruebas demostrarle a la DIAN que no era una omisión de ingresos, el caso está en el Consejo de Estado. Por ultimo recordemos la injusticia con los contribuyentes que sin tener firma digital usaron los formularios del portar y por ERROR DEL BANCO únicamente sellaron el recibo oficial de pago y no el formulario, qué pasó? la DIAN LO DIO POR NO PRESENTADO Y GENERO SANCIÓN POR EXTEMPORANEIDAD, a pesar de haber cumplido, entonces que será con este tema.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">Me identifico con quienes optan por reportar el valor depurado, ya que los funcionarios de la DIAN son muy obtusos en el rastreo de ingresos y pueden desconocer la parte exenta de los salarios, igualmente tuve un caso de un contribuyente a quien una empresa le reportó el vr. bruto y fue imposible pese a las pruebas demostrarle a la DIAN que no era una omisión de ingresos, el caso está en el Consejo de Estado. Por ultimo recordemos la injusticia con los contribuyentes que sin tener firma digital usaron los formularios del portar y por ERROR DEL BANCO únicamente sellaron el recibo oficial de pago y no el formulario, qué pasó? la DIAN LO DIO POR NO PRESENTADO Y GENERO SANCIÓN POR EXTEMPORANEIDAD, a pesar de haber cumplido, entonces que será con este tema.</div>
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	<item>
		<title>Por: Lucy Gutierrez Arias</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2010/04/26/en-los-reportes-de-exogena-2009-cual-seria-el-valor-base-para-las-retenciones-por-salarios-y-por-honorarios-en-el-formato-1002/comment-page-1/#comment-56107</link>
		<dc:creator>Lucy Gutierrez Arias</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 29 Apr 2010 01:38:29 +0000</pubDate>
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		<description>Estoy totalmente de acuerdo con FSILVA, pues aunque la Dian cuenta con algunos funcionarios ineptos, los contribuyentes tenemos varias instancias para demostrar la realidad de nuestros hechos económicos y en este caso son facilmente demostrables los ingresos nuestros como contribuyentes y no nos pueden obligar a corregir por errores de interpretación de cualesquier funcionario</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">Estoy totalmente de acuerdo con FSILVA, pues aunque la Dian cuenta con algunos funcionarios ineptos, los contribuyentes tenemos varias instancias para demostrar la realidad de nuestros hechos económicos y en este caso son facilmente demostrables los ingresos nuestros como contribuyentes y no nos pueden obligar a corregir por errores de interpretación de cualesquier funcionario</div>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: rfruto</title>
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		<dc:creator>rfruto</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 Apr 2010 14:54:47 +0000</pubDate>
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		<description>Aunque FSILVA tiene la razón en cuanto a las decisiones que toman funcionarios de la DIAN en presunción de ingresos por cruces de información, también es cierto que si la verdad está de parte del contribuyente afectado, esta siempre será demostrable.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">Aunque FSILVA tiene la razón en cuanto a las decisiones que toman funcionarios de la DIAN en presunción de ingresos por cruces de información, también es cierto que si la verdad está de parte del contribuyente afectado, esta siempre será demostrable.</div>
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	<item>
		<title>Por: FSILVA</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2010/04/26/en-los-reportes-de-exogena-2009-cual-seria-el-valor-base-para-las-retenciones-por-salarios-y-por-honorarios-en-el-formato-1002/comment-page-1/#comment-55943</link>
		<dc:creator>FSILVA</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 Apr 2010 13:39:28 +0000</pubDate>
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		<description>El inconveniente de reportar el Vr Bruto es que en los procesos de cruce de información, los funcionarios de la DIAN toman la base como ingresos para determinar la Renta Bruta del contribuyente.
Como experiencia propia observo que algunos funcionarios de la DIAN no manejan los conceptos reportados y confuenden la información al momento de emitir los requerimientos y colocan al contribuyente a corregir los errores de las empresas que lo reportaron erradamente (No le creen al contribuyente así lleve los soportes). He visto casos donde suman esta base gravable con el concepto de ingresos y determinan los contribuyentes responsables.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">El inconveniente de reportar el Vr Bruto es que en los procesos de cruce de información, los funcionarios de la DIAN toman la base como ingresos para determinar la Renta Bruta del contribuyente.<br />
Como experiencia propia observo que algunos funcionarios de la DIAN no manejan los conceptos reportados y confuenden la información al momento de emitir los requerimientos y colocan al contribuyente a corregir los errores de las empresas que lo reportaron erradamente (No le creen al contribuyente así lleve los soportes). He visto casos donde suman esta base gravable con el concepto de ingresos y determinan los contribuyentes responsables.</div>
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