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	<title>Comentarios en: ABC: Devoluciones ante la DIAN</title>
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	<description>Actualidad Contable y Tributaria - Análisis y Guías detalladas para el profesional de la contabilidad</description>
	<lastBuildDate>Mon, 21 May 2012 17:01:35 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Por: MARIA ELENA HERRERA BEDOYA</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2010/07/07/abc-devoluciones-ante-la-dian/comment-page-1/#comment-64178</link>
		<dc:creator>MARIA ELENA HERRERA BEDOYA</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 25 Nov 2010 15:02:07 +0000</pubDate>
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		<description>Mi nombre es MARIA ELENA HERRERA BEDOYA, c. DE c. 21 459.298, MI PEQUEÑA EMPRESA ES MEKALIN. desde el mes de septiembre  solicite el reembolso de Rte Y Fte con  toda la documentacion  en regla, a la fecha,  la DIAN  no me ha consignado el reembolso, a donde puedo dirigirme
Mil Gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">Mi nombre es MARIA ELENA HERRERA BEDOYA, c. DE c. 21 459.298, MI PEQUEÑA EMPRESA ES MEKALIN. desde el mes de septiembre  solicite el reembolso de Rte Y Fte con  toda la documentacion  en regla, a la fecha,  la DIAN  no me ha consignado el reembolso, a donde puedo dirigirme<br />
Mil Gracias</div>
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		<title>Por: Dora</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2010/07/07/abc-devoluciones-ante-la-dian/comment-page-1/#comment-59927</link>
		<dc:creator>Dora</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Aug 2010 01:44:55 +0000</pubDate>
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		<description>hola, tengo el caso de una persona natural que por sus ingresos debe declarar por primera vez, pero su patrimonio es bajo.  Al hacer su declaracion presenta un saldo a favor por retenciones en la fuente practicadas.  Quiesiera saber que tan viable es que le devuelvan esos valores.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">hola, tengo el caso de una persona natural que por sus ingresos debe declarar por primera vez, pero su patrimonio es bajo.  Al hacer su declaracion presenta un saldo a favor por retenciones en la fuente practicadas.  Quiesiera saber que tan viable es que le devuelvan esos valores.</div>
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		<title>Por: Hector Jaime</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2010/07/07/abc-devoluciones-ante-la-dian/comment-page-1/#comment-58921</link>
		<dc:creator>Hector Jaime</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 09 Jul 2010 12:42:37 +0000</pubDate>
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		<description>Buenos Dias 

Quisiera saber si las personas naturalesque prestan servicio por contratacion de servicios tienen derecho a la devolucion de la retefuente?

Muchas gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">Buenos Dias </p>
<p>Quisiera saber si las personas naturalesque prestan servicio por contratacion de servicios tienen derecho a la devolucion de la retefuente?</p>
<p>Muchas gracias</p></div>
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		<title>Por: carlos julio</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2010/07/07/abc-devoluciones-ante-la-dian/comment-page-1/#comment-58897</link>
		<dc:creator>carlos julio</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 08 Jul 2010 20:35:34 +0000</pubDate>
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		<description>hola jaime

si tu declaracion esta bien soportada, claro que tienes de derecho a la devolucion del saldo a favor por la declaracion de renta 2009, anexando eso si las pruebas documentales que soporten tu solicitud, o si quieres puedes compensar el saldo a favor con la declaracion de 2010.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">hola jaime</p>
<p>si tu declaracion esta bien soportada, claro que tienes de derecho a la devolucion del saldo a favor por la declaracion de renta 2009, anexando eso si las pruebas documentales que soporten tu solicitud, o si quieres puedes compensar el saldo a favor con la declaracion de 2010.</p></div>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Jaime</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2010/07/07/abc-devoluciones-ante-la-dian/comment-page-1/#comment-58881</link>
		<dc:creator>Jaime</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 08 Jul 2010 12:19:37 +0000</pubDate>
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		<description>UNA PERSONA NATURAL EN LA DECLARACION DE RENTYA AÑO GRAVABLE 2009 SU RESULTADO ES SALDO A FAVOR, CONFORMADO POR EL ANTICIPO DE RENTA AÑO 2009 Y LA RETENCION EN LA FUENTE POR RENDIMIENTOS FINANCIEROS. PUEDE SOLICITAR SU DEVOLUCION AGRADECRIA ME RESOLVIERAN LA INQUIETUD.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">UNA PERSONA NATURAL EN LA DECLARACION DE RENTYA AÑO GRAVABLE 2009 SU RESULTADO ES SALDO A FAVOR, CONFORMADO POR EL ANTICIPO DE RENTA AÑO 2009 Y LA RETENCION EN LA FUENTE POR RENDIMIENTOS FINANCIEROS. PUEDE SOLICITAR SU DEVOLUCION AGRADECRIA ME RESOLVIERAN LA INQUIETUD.</div>
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	<item>
		<title>Por: Javier Paez</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2010/07/07/abc-devoluciones-ante-la-dian/comment-page-1/#comment-58853</link>
		<dc:creator>Javier Paez</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Jul 2010 16:56:46 +0000</pubDate>
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		<description>En las solicitudes de devolución del saldo a valor de declaraciones  de iva por retenciones en la fuente, el artículo 1 del decreto 100/97 establece que: la solciitid de devolución preceso hasta concurrencia del saldo a favor originado en las retenciones que le huberan practicado.

Si en la declararción tributaria objeto de solicitud de devolución, el saldo a favor es mayor de el valor de las retenciones en la fuente aplicadas en la declaración el salod a favor no suceptible de ser devuelto, se puede trasladar a la declaración del  siguiente bimestre?

Gracias

Javier Páez</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">En las solicitudes de devolución del saldo a valor de declaraciones  de iva por retenciones en la fuente, el artículo 1 del decreto 100/97 establece que: la solciitid de devolución preceso hasta concurrencia del saldo a favor originado en las retenciones que le huberan practicado.</p>
<p>Si en la declararción tributaria objeto de solicitud de devolución, el saldo a favor es mayor de el valor de las retenciones en la fuente aplicadas en la declaración el salod a favor no suceptible de ser devuelto, se puede trasladar a la declaración del  siguiente bimestre?</p>
<p>Gracias</p>
<p>Javier Páez</p></div>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: SAJIM CONSULTING</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2010/07/07/abc-devoluciones-ante-la-dian/comment-page-1/#comment-58852</link>
		<dc:creator>SAJIM CONSULTING</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Jul 2010 16:46:34 +0000</pubDate>
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		<description>buen articulo, como estamos en la presentación de declaraciones para personas naturales, es conveniente que éstas hagan solicitud de su saldo a favor, esta soportado por sus certificados y asi no se les va aumentado cada año este valor</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">buen articulo, como estamos en la presentación de declaraciones para personas naturales, es conveniente que éstas hagan solicitud de su saldo a favor, esta soportado por sus certificados y asi no se les va aumentado cada año este valor</div>
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	<item>
		<title>Por: Javier Paez</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2010/07/07/abc-devoluciones-ante-la-dian/comment-page-1/#comment-58851</link>
		<dc:creator>Javier Paez</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Jul 2010 16:38:34 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.actualicese.com/actualidad/?p=13326#comment-58851</guid>
		<description>En el caso de las devoluciones de saldos a favor en las declaraciones de iva , cuando el saldo a favor se genera por las
retenciones de iva, el articulo 1 del decreto 1000/97 señala que: la devolucion es precedente hasta la concurrencia del saldo a favor originado en las retenciones que le hubieren practicado.

Es posible solicitar devolución del saldo a favor, por el valor de las retenciones en la fuente practicadas, aunque el valor del saldo a favor en la declaración objeto de solicitud de   volución,sea mayor que el valor de dichas retenciones.

El valor del saldo a favor  no solicitido como  devolución, se puede trasladar a la declaración del siguiente periodo fiscal. 


Cordialmente:

Javier Páez</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">En el caso de las devoluciones de saldos a favor en las declaraciones de iva , cuando el saldo a favor se genera por las<br />
retenciones de iva, el articulo 1 del decreto 1000/97 señala que: la devolucion es precedente hasta la concurrencia del saldo a favor originado en las retenciones que le hubieren practicado.</p>
<p>Es posible solicitar devolución del saldo a favor, por el valor de las retenciones en la fuente practicadas, aunque el valor del saldo a favor en la declaración objeto de solicitud de   volución,sea mayor que el valor de dichas retenciones.</p>
<p>El valor del saldo a favor  no solicitido como  devolución, se puede trasladar a la declaración del siguiente periodo fiscal. </p>
<p>Cordialmente:</p>
<p>Javier Páez</p></div>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: JOHN JAIRO ORTIZ E.</title>
		<link>http://actualicese.com/actualidad/2010/07/07/abc-devoluciones-ante-la-dian/comment-page-1/#comment-58846</link>
		<dc:creator>JOHN JAIRO ORTIZ E.</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Jul 2010 15:32:56 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.actualicese.com/actualidad/?p=13326#comment-58846</guid>
		<description>BUENSO DIAS .SOY DOCENTE UNIVERSITARIO Y DICTO CATEDRA POR PRESTACION DE SERVICIOS.ALGUIEN ME DIJO QUE TENGO DERECHO A SOLICITAR LA DEVOLUCION DEL 105 RETENIDO YA QUE LA LABOR DOCENTE NO GENERA RETENCION EN LA FUENTE.INCLUSO LEI UNA RESOLUCION DE LA DIAN DONDE APOYAN ESTE CONCEPTO.ME PODRÍAN ORIENTAR AL RESPECTO? QUÉ DEBO HACER? MIL GRACIAS POR SU PRONTA COLABORACIÓN.
DE ANTEMANO MIS AGRADECIMIENTOS POR LA VALORACION COLABORACION CON US EXCELENTES PÁGINAS DE ACTUALIZACION Y EN ESPECIAL POR AYDUARNOS A SALIR DE TANTOS VACÌOS JURÍDICOS EN TODAS LAS MATERIAS. POR EJEMPLO ESTE ARTÍCULO ME GENERÓ MUCHAS EXPECTATIVAS EN EL RÉGIMEN TRIBUTARIO.

FELIZ DÍA Y ESPRO SU VALIOSISIMA COLABORACIÓN A MIS PREGUNTAS.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<div id="HOTWordsTxt" name="HOTWordsTxt">BUENSO DIAS .SOY DOCENTE UNIVERSITARIO Y DICTO CATEDRA POR PRESTACION DE SERVICIOS.ALGUIEN ME DIJO QUE TENGO DERECHO A SOLICITAR LA DEVOLUCION DEL 105 RETENIDO YA QUE LA LABOR DOCENTE NO GENERA RETENCION EN LA FUENTE.INCLUSO LEI UNA RESOLUCION DE LA DIAN DONDE APOYAN ESTE CONCEPTO.ME PODRÍAN ORIENTAR AL RESPECTO? QUÉ DEBO HACER? MIL GRACIAS POR SU PRONTA COLABORACIÓN.<br />
DE ANTEMANO MIS AGRADECIMIENTOS POR LA VALORACION COLABORACION CON US EXCELENTES PÁGINAS DE ACTUALIZACION Y EN ESPECIAL POR AYDUARNOS A SALIR DE TANTOS VACÌOS JURÍDICOS EN TODAS LAS MATERIAS. POR EJEMPLO ESTE ARTÍCULO ME GENERÓ MUCHAS EXPECTATIVAS EN EL RÉGIMEN TRIBUTARIO.</p>
<p>FELIZ DÍA Y ESPRO SU VALIOSISIMA COLABORACIÓN A MIS PREGUNTAS.</p></div>
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