Programación en Junio:

JUN
12
[COMBO] Actualización en Declaración de Renta Personas Naturales y Paso Cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Bogotá - 8 horas.
Conferencistas: Dr. Diego Guevara y Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
  Actualización en Declaración de Renta de Personas Naturales
En: Bogotá - 4 horas.
Conferencista: Dr. Diego Guevara Madrid
  Paso cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Bogotá - 4 horas.
Conferencista: Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
JUN
19
[COMBO] Actualización en Declaración de Renta Personas Naturales y Paso Cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Medellín - 8 horas.
Conferencistas: Dr. Diego Guevara y Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
  Actualización en Declaración de Renta de Personas Naturales
En: Medellín - 4 horas.
Conferencista: Dr. Diego Guevara Madrid
  Paso cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Medellín - 4 horas.
Conferencista: Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
JUN
21
[COMBO] Actualización en Declaración de Renta Personas Naturales y Paso Cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Barranquilla - 8 horas.
Conferencistas: Dr. Diego Guevara y Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
  Actualización en Declaración de Renta de Personas Naturales
En: Barranquilla - 4 horas.
Conferencista: Dr. Diego Guevara Madrid
  Paso cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Barranquilla - 4 horas.
Conferencista: Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
JUN
28
[COMBO] Actualización en Declaración de Renta Personas Naturales y Paso Cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Cali - 8 horas.
Conferencistas: Dr. Diego Guevara y Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
  Actualización en Declaración de Renta de Personas Naturales
En: Cali - 4 horas.
Conferencista: Dr. Diego Guevara Madrid
  Paso cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Cali - 4 horas.
Conferencista: Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
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Ciencia y tecnología también cuentan con beneficios tributarios

Por: actualicese.com
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Publicado: 30 de diciembre de 2010

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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas. Si detecta algún error, por favor avísenos haciendo click en "Reportar un error" (más abajo en esta misma página). Mil gracias.

Colciencias tiene nueva política para la calificación del carácter de los proyectos científicos, tecnológicos o de innovación, la cual contiene los instrumentos necesarios para hacer efectivos los beneficios tributarios establecidos en la ley que permiten promover inversiones y donaciones en ciencia, tecnología e innovación.

Como lo publica MisiónPyme, hay dos alternativas. La primera de ellas se refiere a inversión o donación en ciencia y tecnología. En caso de inversión, los contribuyentes del impuesto de renta que estén obligados a presentar declaración de renta y complementarios dentro del país, y que realicen inversiones en proyectos de investigación o de innovación, podrán beneficiarse de este incentivo consignado en el Artículo 12 de la Ley 633 de 2000.

En el caso de donación, éstas pueden realizarse a centros de investigación o centros de desarrollo tecnológico constituidos como entidades sin ánimo de lucro; así como también, a centros y grupos de investigación de instituciones de educación superior, reconocidos por Colciencias.

El que invierta o done en programas o proyectos de ciencia y tecnología, tendrá derecho a deducir de su renta el ciento veinticinco por ciento (125%) del valor invertido en el período gravable en que se realizó la inversión. Esta deducción no podrá exceder del veinte por ciento (20%) de la renta líquida, determinada antes de restar el valor de la inversión.

De igual manera, todas las personas naturales o jurídicas que inviertan en proyectos calificados por Colciencias como de ciencia y tecnología, a través del Fondo Francisco José de Caldas, podrán solicitar el beneficio tributario para deducir de renta el valor de su inversión o donación.

La segunda alternativa se centra, como publica Dinero, en el desarrollo de nuevos productos medicinales y de software elaborados en Colombia, “amparados con nuevas patentes registradas ante la autoridad competente, siempre y cuando tengan un alto contenido de investigación científica y tecnológica nacional, certificado por Colciencias o quien haga sus veces, por un término de diez años”. Este beneficio es para los contribuyentes del impuesto de renta que estén obligados a presentar declaración de renta y complementarios dentro del país, quienes estarán eximidos del 100% de los ingresos recibidos por comercializar el software certificado.

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Última actualización: diciembre 29, 2010 | Volver al inicio de esta sección
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