

Este artÃculo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas. Si detecta algún error, por favor avÃsenos haciendo click en "Reportar un error" (más abajo en esta misma página). Mil gracias.
Una de las modalidades de salario que existe en nuestro paÃs es la del salario integral. Bajo esta figura, el pago que mensualmente hacen las empresas ya está incluido tanto el salario básico como el valor de las prestaciones, los trabajos nocturnos o dominicales, las primas legales y extralegales, las cesantÃas y sus intereses, los subsidios y los pagos en especie.
Cabe anotar que dentro del salario integral no se incluyen vacaciones, las cuales deberán ser reconocidas y pagadas por el empleador. Tomando como base lo publicado por Finanzas Personales, aquà mostramos varios aspectos a tener en cuenta.
Las personas que reciben un salario integral deben ganar por lo menos diez salarios mÃnimos (para 2011 son $5’356.000), más un 30% considerado factor prestacional (para este año son 1’606.800). Quiere decir que el salario mÃnimo integral es igual a 13 salarios mÃnimos, que para este año serÃa $6’962.800.
Los empleados que reciban salario integral no recibirán ni prima de servicios, ni cesantÃas, ni intereses de cesantÃas. El factor prestacional es la proporción o porcentaje que representan las prestaciones sociales, los beneficios legales y extralegales, subsidios y todos los pagos en especie.
La empresa sà deberá pagar las vacaciones, correspondientes a 15 dÃas hábiles por año trabajado, o al 4,17% del salario total mensual. A las personas que se cambien al salario integral, se les liquidará de manera definitiva sus cesantÃas y demás prestaciones sociales que hasta la fecha hayan sido causadas.
El salario integral no se encuentra exento de las cotizaciones a seguridad social ni del pago de parafiscales. El trabajador y el empleador deberán aportar a salud y a pensión. De igual manera, el empleador deberá cancelar los aportes establecidos al SENA, ICBF y cajas de compensación familiar.
El salario base para calcular los aportes corresponde al 70% del salario integral. El salario integral corresponde al 100% más el 30% de factor prestacional. Asà que para determinar la base sobre la que se aportarán la seguridad social y parafiscales, hay que dividir el total devengado por el 1,3.
Las personas que cotizan en fondos privado de pensiones y reciben más de cuatro salarios mÃnimos tendrán que aportar un 1% adicional para el fondo de solidaridad pensional, sin importar si reciben salario integral. Para el caso de los que están en fondos privados y tienen sueldos superiores a los 16 salarios mÃnimos los aportes serán superiores.
Para este cálculo se suma la totalidad de pagos laborales al mes (salario integral), se restan los ingresos no constitutivos de renta o ganancia ocasional (aportes voluntarios a fondos de pensiones, aportes a pensión, ahorros en las cuentas de fomento AFC) y la renta exenta (que corresponde al 25% de los pagos laborales).
Después, se obtiene el ingreso laboral base para calcular la retención, que debe ser convertido a UVT, para luego aplicarle la fórmula establecida en el estatuto tributario.
Una persona que recibe un salario mÃnimo integral ($6’962.800) se le deducirÃan todos los meses 4% a salud de su salario base, otro 4% a pensión, un 1% para el fondo de solidaridad pensional y el monto que resulte de la retención en la fuente.
Le cuesta $8’909.613, incluyendo las vacaciones, los parafiscales y la seguridad social.
¿Hemos cometido un error? ¡Reporta una corrección!
Comentarios