
El Decreto 1159 de junio 1 de 2012 reglamentó el Artículo 376-1 del E.T. para indicar que antes de un año la DIAN empezará a señalar a los agentes de retención que ya no contabilizarán las retenciones de renta y de IVA por causación, pues tales retenciones serán practicadas por sus bancos a la hora del pago. Esto revolucionará la forma de practicar las retenciones, de presentar las declaraciones, de expedir los certificados y hasta de presentar la información exógena.
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