
Cuando se lleven a la práctica las medidas del Art. 376-1 del E.T. y el Decreto 1159 de junio 1 de 2012, los compradores seguirán registrando los costos y gastos por causación y solo las retenciones en la fuente a tÃtulo de renta y de IVA serán las que se contabilizarán en el momento del pago.
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