Si un agente de retención no consigna dentro de los 2 meses siguientes al plazo que le fija el gobierno los valores retenidos, en ese caso ya está enfrentando la responsabilidad penal por peculado que expone al representante legal o al encargado de hacer los pagos de esa retención a cárcel de 4 a 9 años y multa del doble de lo no consignado sin superar 1.020.000 UVT.




