Sólo hasta el 31 de diciembre de 2012 los cotizantes 42 y 41 podían cotizar sólo a salud y no a pensión, según la Ley 1250 de 2008, independientes de bajos ingresos y pago por terceros, pero se acaba de extender dicho beneficio hasta julio de 2013.

Sólo hasta el 31 de diciembre de 2012 los cotizantes 42 y 41 podían cotizar sólo a salud y no a pensión, según la Ley 1250 de 2008, independientes de bajos ingresos y pago por terceros, pero se acaba de extender dicho beneficio hasta julio de 2013.

Con el Decreto 4465 de 2011 podrán seguir haciendo uso del Cotizante 42 los independientes que desde antes del 25 de noviembre de 2011 estén registrados en la PILA como Cotizante 42 (Independiente con bajos ingresos). Quienes antes de esa fecha no estuvieron inscritos en la PILA bajo la modalidad de Cotizante 42, en este momento no lo podrían hacer y deben obligatoriamente pagar salud y pensión.
