La subordinación es uno de los elementos principales de la relación laboral, la cual no debe estar presente en un Contrato de Prestación de Servicios o con el asociado de una Cooperativa de Trabajo Asociado, pero, ¿qué pasa si se llega a dar?

La subordinación es uno de los elementos principales de la relación laboral, la cual no debe estar presente en un Contrato de Prestación de Servicios o con el asociado de una Cooperativa de Trabajo Asociado, pero, ¿qué pasa si se llega a dar?

La Supersolidiaria ya publicó la lista de tales entidades en su portal de Internet y quienes consideren que no deben figurar en ella solo tienen hasta el 23 de agosto de 2009 para ponerse en contacto con la entidad. Mientras dure su proceso de liquidación no pueden iniciar nuevas actividades de ventas de bienes o prestación de servicios.

A través del Concepto 20091100086401 de Mayo 11 de 2009 la Supersolidaria indica que si los dineros recibidos como compensaciones hicieran parte de ingresos para terceros se configuraría una actividad de intermediación laboral, expresamente prohibida en el Artículo 17 del Decreto 4588 de 2006.

Desde hace un par de meses hay polémica en Bogotá de la mano de las CTA’s que prestan el servicio de salud. Mientras unos apoyan la medida tomada por el alcalde Samuel Moreno, otros afirman que la Constitución está siendo violada.

La Ley de Acoso Laboral aplica tanto para empleados del sector privado como el público, pero no se aplica a los trabajadores vinculados a través de CTA.
editorial, ‘Ley de Acoso Laboral NO aplica en Cooperativas de Trabajo Asociado’

La Ley de Acoso Laboral aplica tanto para empleados del sector privado como el público, pero no se aplica a los trabajadores vinculados a través de Cooperativas de Trabajo Asociado.


Hasta el 22 de Enero de 2009 a las 4:30 p.m. tienen plazo para por lo menos alcanzar a radicar en las oficinas del Ministerio de la Protección Social la solicitud para su autorización. Según boletín de prensa de la Supersolidaria de Enero 15 de 2009, hasta Diciembre de 2008 solo 5.000 (de las cerca de 12.000 que existían en Septiembre de 2007) habían cumplido con el proceso.

El 2 de enero de 2009 el Ministerio de la Protección social expidió un comunicado indicando todos los detalles que deberá contener la certificación con la cual el representante legal o el revisor fiscal de la CTA o PCTA solicitan la exoneración las contribuciones especiales con destino al SENA, ICBF y Caja de Compesanción

La redacción de la Ley 1233 de 2008 puede prestarse para que se formen vacíos en su interpretación. Convendría que el Ministerio de la protección social o la Supersolidaria ayudaran a aclarar la norma.

Este tema, que junto con el de la PILA para los trabajadores independientes es el otro dolor de cabeza del actual Ministro de la protección social, es un tema que también ha generado bastantes noticias en lo corrido del actual año 2008.

Por lo que resta del año 2008, los Certificados de existencia y representación legal tendrán un valor de $2.900 y los registros de libros de contabilidad $21.000. Aun son muchas las CTAS que no se han legalizado y para ellas su certificado se emite con los datos que tenían en cámaras de comercio hasta mayo de 2008.