De acuerdo con el art.18 de la resolución 12807 de octubre de 2006, el próximo 24 de agosto de 2007 vence los plazos para aquellas personas o entidades que únicamente deben entregar el formato 1002 con el detalle de las retenciones en la fuente practicadas a terceros durante el año 2006.
En este editorial comentamos de qué manera se entraría a sancionar la no entrega oportuna de dicha información.
