El art. 159 de la Ley 1607 de 2012 modificó el art. 134 del E.T. afectando la fórmula para el cálculo de la depreciación por el sistema de reducción de saldos, el cual se puede usar contable y fiscalmente.

El art. 159 de la Ley 1607 de 2012 modificó el art. 134 del E.T. afectando la fórmula para el cálculo de la depreciación por el sistema de reducción de saldos, el cual se puede usar contable y fiscalmente.

De acuerdo con la normatividad vigente, en este tipo de casos contable y fiscalmente se originaría un registro por depreciación que puede ser bastante grande.

Las personas y entes jurídicos obligados a llevar contabilidad solo deben efectuar el cálculo de la depreciación de sus activos fijos que sí estén participando en la generación de ingresos.