Si un administrador de una P.H. se niega a recibirle el valor que un Juez ordenó por medio de sentencia, que pertenece a una deuda, puede pagarle al mismo Juez, y él dará un paz y salvo.

Si un administrador de una P.H. se niega a recibirle el valor que un Juez ordenó por medio de sentencia, que pertenece a una deuda, puede pagarle al mismo Juez, y él dará un paz y salvo.

El art. 149 de la Ley 1607 de 2012 enuncia la condición especial para el pago de impuestos, tasas y contribuciones. La DIAN explicó los lineamientos para aplicar esta característica.

Esta modalidad se ve mucho en los estratos 1, 2 y 3. También, más de 400.000 microempresas acuden a este sistema extrabancario para endeudarse. En algunos casos esos intereses pueden llegar a ser hasta del 200%.

Por un lado en nuestro país las personas no paran de gastar así se endeuden. Por el otro, ese dinamismo en el consumo dentro de los hogares parece ser que catapulta la economía nacional. De todas formas, bien vale la pena cuidar el bolsillo.

Deudas con los hospitales, los jueces y los gastos con los mismos empleados del Gobierno se siguen acumulando en los bolsillos del Estado. Aquí hay un listado de millones y billones que se mueven, como una montaña rusa.

Por todos lados se ve un panorama donde hay morosos. La salud sufre, la deuda externa siempre está presente y el Estado colombiano debe y le deben. Para no ir muy lejos, al país tanto personas naturales como jurídicas le deben 28 billones de pesos.

El Consejo Superior de la Judicatura es la entidad con mayores deudas, le sigue la DIAN y el Banco Agrario. Hay que recordar que las entidades públicas están en la obligación de informar al deudor, con más de 20 días de anticipación al reporte semestral.

Los socios o accionistas, no sólo están para recibir dividendos o utilidades, también tienen varias responsabilidades, por ello, quisimos volver a publicar los editoriales que sobre el particular publicamos a lo largo del 2011.

La Contaduría General de la Nación dice que el Gobierno perdió demandas por 1.2 billones de pesos y canceló, entre enero y junio, sentencias pasadas que también perdió por 7. 830 millones de pesos.

El agua, el alcantarillado, la energía y el aseo son elementos determinantes que un futuro inquilino observa antes de arrendar un inmueble. Cuando hay deudas de por medio en este aspecto, hay problemas.

El bolsillo de los colombianos parece ser que está más educado cuando de finanzas y deudas hablamos. Las entidades bancarias consideran que los clientes mejores pagas son los más pobres y los más ricos. Todo indica que los costos de los productos bancarios no están espantando a los colombianos.

Parece ser que la Ley 820 de 2003, o de arrendamientos, le ha dado poder a los inquilinos morosos para que se crean dueños del inmueble donde habitan. Una forma para patrocinar los abusos y las estafas.