Por estas fechas, al llevarse a cabo las Asambleas de Accionistas o reuniones de Juntas Directivas de la gran mayoría de sociedades comerciales con el fin de aprobar los Estados financieros de propósito general del periodo 2006, es conveniente tener presente que una copia en papel de tales Estados Financieros, una vez aprobados, y según la norma contenida en el art.41 de la ley 222 de 1995, debe ser llevada hasta la Cámara de comercio del domicilio social de la sociedad.
En este editorial repasamos esta importante normatividad.