Según el Numeral 5 del Art. 11 Resolución 11429, en el formato 1001 solo se tienen que reportar aquellos pagos y/o causaciones en los cuales sí existe un beneficiario externo real. Por consiguiente, los demás costos y gastos que no tienen beneficiario, por no tener uno externo real, se reportarían solo por quienes deban desarrollar la información del literal “k” y lo harían usando el Formato 1011.

