Hay que recordar que sólo los ricos de enero 1 de 2011 son quienes tuvieron que responder por el impuesto al patrimonio. Los nuevos ricos ganadores del Baloto verán en su pago un descuento del 20% por retención en la fuente sobre ganancia ocasional.

Hay que recordar que sólo los ricos de enero 1 de 2011 son quienes tuvieron que responder por el impuesto al patrimonio. Los nuevos ricos ganadores del Baloto verán en su pago un descuento del 20% por retención en la fuente sobre ganancia ocasional.

Los más recientes artículos de prensa de algunos diarios colombianos están desinformando a sus lectores diciendo que si alguien se gana el Baloto, el cual supera los 100.000 millones, su patrimonio crecerá automáticamente superando los 1.000 millones y eso lo convertirá en responsable de impuesto al patrimonio. Lo anterior es equivocado pues el impuesto solo lo tuvieron que pagar los que en enero 1 de 2011 ya eran ricos y no los que se vuelvan ricos después de esta fecha.

La DIAN reportó que un total de 1.597 personas con grandes recursos económicos no ha pagado el impuesto al patrimonio. Son 40.029 los empresarios y personas con importantes patrimonios, que han pagado el tributo.

En dialogo con el ex director de la DIAN Horacio Ayala, asegura que lo ideal es que los costos del SENA, ICBF y servicios a cargo de las cajas de compensación se sufraguen con el presupuesto nacional. No es partidario de eliminar el 4xmil sino de convertirlo en una retención en la fuente para que lo puedan descontar los que declaren renta. Además, no se debe eliminar el impuesto de patrimonio sino de regresar a la sobretasa patrimonial de antaño.

Durante el 2011 se emitieron decretos reglamentarios y doctrinas en relación con varias normas de la Ley 1430 de diciembre de 2010. También fue el año en que se ventilaron los fraudes que se venían cometiendo al interior de la DIAN con falsas devoluciones de saldos a favor en el IVA, se establecieron nuevos mecanismos de retención a los contratistas independientes y se introdujeron grandes sorpresas para el reporte anual de información exógena tributaria.

La DIAN empezará a hacer auditorías sobre aquellos que en enero 1 de 2010 sí tenían patrimonios líquidos superiores a 1.000 millones pero que al llegar a enero 1 de 2011 los disminuyeron.

Preocupa saber que el Gobierno no cuenta con la estructura institucional para ejercer control contra las organizaciones criminales internacionales que defraudan a la institución. Por otra parte, los dueños de grandes empresas están evadiendo el impuesto al patrimonio, desviando las ganancias a fundaciones y otras organizaciones en el exterior.

Mientras la Mesa de Expertos está manejando nuevas cifras de pobreza en Colombia, el Director de la DIAN afirma que los verdaderos ricos le siguen haciendo el quite al pago del Impuesto al Patrimonio. Los más pobres siguen llevando las de perder.

Consecuencias nocivas podrían afectar a un grupo de empresas que se niegan a pagar el Impuesto al Patrimonio. Parece ser que habrá lío jurídico entre las dos partes.

Tumbar algunos impuestos es una decisión que depende de los concejos municipales y no del Gobierno Nacional. Se está manejando la alternativa de ampliar plazos para el pago de los mismos y hasta el Ministro de Hacienda dejó entender que la nueva Reforma Tributaria no es un hecho todavía.

Aunque se indique que el total del impuesto, sanciones y sobretasas que se lleguen a liquidar en mayo o en septiembre de 2011 son un valor que se podría pagar hasta en 8 cuotas iguales, hay que tener presente que si ese total es inferior a 41 UVT’s, la declaración se debe pagar totalmente en la misma fecha en la que se vence el plazo para su presentación.

Aunque las normas de la Ley 1370 de 2009 y el Decreto –Ley 4825 de 2010 permiten que el total que se liquide en el formulario 420 se pueda pagar hasta en 8 cuotas iguales, la norma del artículo 38 del Decreto 4836 de Diciembre de 2010 solo dejaría usar esos plazos cuando el total que se liquide por impuesto más sobretasa y sanciones sea superior a 41 UVTs.