Estando la mujer disfrutando de su Licencia Remunerada de Maternidad, si se enferma o se accidenta, caso en el cual el médico de la EPS la incapacitaría, esa incapacidad no se le pagaría.
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||

Estando la mujer disfrutando de su Licencia Remunerada de Maternidad, si se enferma o se accidenta, caso en el cual el médico de la EPS la incapacitaría, esa incapacidad no se le pagaría.


El acto de terminarle a un trabajador su contrato de trabajo es un procedimiento que en principio debe ser personal, por ello, despedirlo enviándole a su casa la carta de despido puede configurar un despido sin justa causa y con ello, el derecho al trabajador a reclamar indemnizaciones.

La Corte Constitucional definió los alcances jurídicos del despido de un trabajador con una debilidad manifiesta mediante la cual protege la estabilidad laboral.

A pesar de múltiples fallos judiciales que aclaran la situación, empleadores y EPS pagan erróneamente las incapacidades laborales.