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Etiquetas: ‘ley 776 de 2002’

Miércoles, mayo 23, 2012

[La Cita] Reubicación laboral

La Ley obliga al empleador a que tiene que reubicar al trabajador en el cargo que desempeñaba o en otro compatible con las capacidades que conserva tras su discapacidad, bien sea transitoria o permanente, tanto así que debe reubicar a otros trabajadores si es del caso.

Martes, mayo 22, 2012

Pérdida de capacidad laboral transitoria o permanente: empleador tiene que reubicar (*)

De acuerdo a la discapacidad sufrida por un trabajador o por el tipo de tratamiento que está recibiendo para recuperarse de un accidente o enfermedad bien de origen común o profesional, el empleador tiene la obligación de facilitar la reubicación laboral, si ello es necesario.

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