Mediante la resolución 736 de marzo 16 de 2007 el Ministerio de la Protección social estableció que los distintos “Operadores de información” que administran hoy día el diligenciamiento y pago virtual de la PILA (Planilla integrada de Liquidación de Aportes a la seguridad social y parafiscales) tienen plazo hasta el 30 de abril para poner a punto el servicio de la “Liquidación asistida” el cual estará disponible como una opción exclusiva de las empresas con menos de 30 trabajadores y los trabajadores independientes.
En este editorial destacamos los aspectos más importantes de dicha normatividad.




