La Ley 1607 de 2012 ha modificado una serie de artículos del Estatuto Tributario alrededor del tema del régimen de precios de transferencia para efectos del impuesto de renta. Aquí están los cambios.

La Ley 1607 de 2012 ha modificado una serie de artículos del Estatuto Tributario alrededor del tema del régimen de precios de transferencia para efectos del impuesto de renta. Aquí están los cambios.

Con el Decreto 1602 de julio 27 de 2012, el Ministerio de Haciendo ha establecido que la documentación comprobatoria sobre las operaciones anuales realizadas con los vinculados económicos en el exterior ya no solo se deberá elaborar y tenerla disponible para cuando la DIAN la solicite, sino que ahora se deberá elaborar y entregar virtualmente cada año sin que dicha entidad la solicite primero.

El Decreto 1602 de julio 27 de 2012 ha modificado cinco artículos del Decreto 4349 de diciembre de 2004 estableciendo que ahora será obligatorio entregar todos los años la documentación comprobatoria sin tener que esperar a que primero la DIAN la solicite. La documentación sobre las operaciones del 2011 se deberá entregar virtualmente entre el 3 y el 14 de septiembre de 2012 pero no se dijo en qué tipo de archivos.

Algunas empresas o personas tendrán que responder por todos o varios de estos informes relacionados con el año gravable 2011, pero el calendario en que se vencerán no es necesariamente el mismo el cual se deberían atender estas obligaciones. Se puede concluir entonces que muchos tendrán que tener todo preparado antes de marzo 12 de 2012. Los más estresados son los revisores y auditores que atienden a varios clientes al mismo tiempo.

Estas son 2 de las nuevas propuestas que los congresistas le adicionaron, en Noviembre 24 de 2010, al Proyecto de Ley de Reforma tributaria No. 124 de Octubre radicado por el Gobierno. El proyecto ahora contiene 46 artículos entre los cuales también figura la propuesta de que el seguro obligatorio de accidentes de tránsito de los vehículos solo lo expedirían a quienes estén al día en el pago del impuesto de vehículos.

La Resolución 011188 de Octubre 29 de 2010 les pide diligenciar un nuevo formato 1525 para reportar los datos de los terceros comparables internos y externos que lleguen a usar en su proceso para definir los precios o márgenes de utilidad con que realizaron por el 2010 las operaciones con sus vinculados económicos del exterior.

Algunas empresas o personas tendrán que responder por todos o varios de estos informes en relación con el año gravable 2009. Pero el calendario en que se vencerán no es necesariamente el mismo en que se deberían atender estas obligaciones.

- ¿Existe alguna limitación para los costos y gastos de publicidad en materia del impuesto sobre la renta?
- Existe algún beneficio en materia del impuesto sobre la renta para empleadores que ocupen trabajadores con discapacidad?
- Cuál es la oportunidad para llevar el monto del impuesto sobre las ventas retenido como menor valor del saldo a pagar o mayor valor del saldo a favor?
- Tengo una empresa comercializadora de café en grano. Para el análisis de precios de transferencia cuento con los precios de venta a vinculados y precios de venta a terceros independientes, también cuento con información financiera de compañías comparables. ¿Cuál sería el mejor método para analizar esta operación de exportación de café en grano?

- ¿Cuáles serían las sanciones aplicables para precios de transferencia, (declaración informativa y documentación comprobatoria), cuando no se presenta a tiempo o se piensa corregir?

- Tengo una empresa prestadora de servicios de desarrollo de software y alrededor del 60% de los ingresos provienen de un solo cliente ubicado en el exterior, esta operación alcanzó durante el 2008 los $950 millones aproximadamente. ¿Estoy obligado a presentar Declaración Informativa Individual de precios de transferencia y, adicionalmente, a preparar Documentación Comprobatoria?
- Actualmente presto servicios en un hospital como Auditor en Salud y en cada pago se me realiza descuento por IVA. ¿Esto es correcto?
- ¿ Puede un Usuario Industrial en Zona Franca nacionalizar bienes terminados, elaborados con materias primas e insumos extranjeros y nacionales, para su posterior almacenamiento en la misma Zona Franca?

- ¿Los títulos con rendimientos exentos se deben considerar para constituir la reserva de que trata el artículo 1° del decreto 2336 de 1995?
- Después de identificar que en la transmisión de la declaración informativa de precios de transferencia, faltó incluir el valor de una operación con un vinculado ¿es posible retransmitirla el mismo día – o antes del vencimiento – sin que haya lugar a sanción?