Programación en Junio:

JUN
12
[COMBO] Actualización en Declaración de Renta Personas Naturales y Paso Cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Bogotá - 8 horas.
Conferencistas: Dr. Diego Guevara y Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
  Actualización en Declaración de Renta de Personas Naturales
En: Bogotá - 4 horas.
Conferencista: Dr. Diego Guevara Madrid
  Paso cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Bogotá - 4 horas.
Conferencista: Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
JUN
19
[COMBO] Actualización en Declaración de Renta Personas Naturales y Paso Cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Medellín - 8 horas.
Conferencistas: Dr. Diego Guevara y Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
  Actualización en Declaración de Renta de Personas Naturales
En: Medellín - 4 horas.
Conferencista: Dr. Diego Guevara Madrid
  Paso cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Medellín - 4 horas.
Conferencista: Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
JUN
21
[COMBO] Actualización en Declaración de Renta Personas Naturales y Paso Cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Barranquilla - 8 horas.
Conferencistas: Dr. Diego Guevara y Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
  Actualización en Declaración de Renta de Personas Naturales
En: Barranquilla - 4 horas.
Conferencista: Dr. Diego Guevara Madrid
  Paso cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Barranquilla - 4 horas.
Conferencista: Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
JUN
28
[COMBO] Actualización en Declaración de Renta Personas Naturales y Paso Cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Cali - 8 horas.
Conferencistas: Dr. Diego Guevara y Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
  Actualización en Declaración de Renta de Personas Naturales
En: Cali - 4 horas.
Conferencista: Dr. Diego Guevara Madrid
  Paso cero para la implementación de las NIIF para Pymes
En: Cali - 4 horas.
Conferencista: Dr.Edmundo Alberto Flórez Sánchez
Convenciones:
             
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Etiquetas: ‘retefuente’

Martes, enero 9, 2007

A partir del periodo diciembre de 2006, las Juntas de acción comunal son las únicas exoneradas de presentar forzosamente la declaración mensual de retenciones en la fuente

Con la nueva ley de reforma tributaria, ley 1111 de diciembre 27 de 2006, se volvió a modificar el texto contenido en el parágrafo 2 del art.606 mediante el cual se había hecho obligatorio, desde julio de 2006 en adelante, que todos los agentes de retención en la fuente debieran estar presentando mensualmente sus declaraciones de retenciones en la fuente así fuese en ceros. Con la nueva versión de dicho parágrafo se estableció una exoneración muy particular en cuanto a tal obligación, y la misma tendría aplicación a partir de las declaraciones del periodo diciembre de 2006 próximas a vencerse.
En este editorial te contamos de qué se trata.

Martes, diciembre 26, 2006

Para definir el porcentaje de retención fijo sobre salarios aplicable durante enero-junio de 2007, se debe usar la nueva tabla aprobada en la reforma tributaria

Durante el presente mes de diciembre de 2006, y según lo establece la norma vigente contenida en el art.386 del ET, los empleadores que apliquen a sus trabajadores el método de retención en la fuente conocido como “procedimiento 2” deberán entrar a definir cuál es el “porcentaje fijo de retención en la fuente” aplicable durante el primer semestre del año 2007. Frente a ello, es muy importante que tales empleadores tengan presente que al momento de definir dicho “porcentaje fijo de retención en la fuente”, la “tabla” en la cual han de buscar el “salario promedio gravable” de los últimos 12 meses anteriores (dic de 2005 a noviembre de 2006) será la “nueva tabla” que regirá dentro del nuevo artículo 383 modificado por el Congreso de Colombia en la reforma tributaria que aprobó en las pasadas sesiones de dic.11 y 12 de 2006.
En este editorial comentamos los grandes cambios introducidos por la reforma en relación con este asunto

Lunes, diciembre 11, 2006

Cual sería el Valor base de las ReteIVA practicadas al Regimen Simplificado durante el 2006? – Primera Parte

Uno de los factores por los cuales la DIAN terminará recibiendo más información exógena en medios magnéticos durante el año 2007 radica en el hecho de que esta vez dicha entidad ha solicitado a todos los agentes de retención (personas naturales o jurídicas) que le reporten el detalle sobre las retenciones en la fuente a título del IVA que durante el 2006 hayan sido practicadas a personas naturales en el régimen simplificado de dicho impuesto. Sin embargo, para poder hacer dicho reporte la norma exige que se le suministre el “valor base” sobre el cual se hizo dicha retención de IVA. Al respecto, existen dos interpretaciones distintas sobre cómo se diligenciaría dicho “valor base”, las cuales analizamos en este editorial especial.

Cual sería el Valor base de las ReteIVA practicadas al Regimen Simplificado durante el 2006? – Segunda Parte

Uno de los factores por los cuales la DIAN terminará recibiendo más información exógena en medios magnéticos durante el año 2007 radica en el hecho de que esta vez dicha entidad ha solicitado a todos los agentes de retención (personas naturales o jurídicas) que le reporten el detalle sobre las retenciones en la fuente a título del IVA que durante el 2006 hayan sido practicadas a personas naturales en el régimen simplificado de dicho impuesto. Sin embargo, para poder hacer dicho reporte la norma exige que se le suministre el “valor base” sobre el cual se hizo dicha retención de IVA. Al respecto, existen dos interpretaciones distintas sobre cómo se diligenciaría dicho “valor base”, las cuales analizamos en este editorial especial.

Martes, noviembre 7, 2006

El “pago” de la declaración de retenciones en la fuente no necesariamente debe coincidir con el día de su “presentación” – Conferencia Virtual

Hoy día, quienes presentan declaraciones mensuales de retenciones en la fuente ante la DIAN lo hacen ya sea en forma virtual (es decir, por el portal de internet de la DIAN) o lo hacen en forma litográfica (es decir en papel). Así mismo, es sabido que con los cambios introducidos por la ley 1066 de julio 29 de 2006, tales declaraciones se deben acompañar de su pago para que se entiendan como “debidamente presentadas”. Sin embargo (y sucede con los que declaran virtualmente), algunos se preguntan si al adelantar la fecha de la “presentación” de la declaración (pues no quieren dejarlo todo para última hora con la congestión del internet) también tendrían que adelantar su respectivo “pago”.
En esta miniconferencia miniconferencia analizamos ese asunto.

Domingo, octubre 15, 2006

Las compras por Internet que se cancelan con tarjetas débito o crédito, y la retención en la fuente que se aplicaría en tales casos

Hoy día, y gracias a la tecnología que proveen varios portales de Internet, todo tipo de persona jurídica o natural podrá acceder a dichos portales y efectuar las compras de los bienes y servicios que allí se ofrecen mediante la utilización de sus respectivas tarjetas débito o crédito En ese caso, es interesante tomar en [...]

Lunes, octubre 2, 2006

La retención en la fuente a título de IVA cuando se contrata la prestación de servicios gravados con personas o empresas no domiciliadas en Colombia (Parte I)

Hoy día, ante el fenómeno de Globalización al que se enfrentan las empresas colombianas, es muy posible que alguna vez tales empresas requieran contratar los servicios de alguna persona o empresa domiciliada en el exterior. En tales casos es muy importante conocer sobre las normas que obligarían a la empresa contratante ubicada en Colombia a tener que responder por la retención de IVA que se originaría al contratar servicios de esa clase. En este editorial estudiamos con detalle tales normas.

Lunes, septiembre 11, 2006

Una norma importante sobre retención en la fuente que afecta a las inmobiliarias y a quienes les hacen pagos.

En vista de que hoy día es muy común que los bienes inmuebles sean tomados en arrendamiento pero sin que el arrendatario se entienda directamente con el dueño de los mismos sino simplemente con su “intermediario” (las inmobiliarias), es importante entonces que los arrendatarios que cancelan sus arrendamientos a tales intermediarios conozcan la disposición incluida en el
art.394 del ET. En este editorial explicamos cómo dicha norma afecta los registros contables de tales arrendatarios a la hora de cancelar los arrendamientos respectivos y tener que practicar las retenciones en la fuente fijadas por la norma vigente

Jueves, junio 16, 2005

A la hora de pagar las primas de servicio a los Asalariados podría generarse base para hacer retenciones en la fuente

La prima legal de servicios a que tienen derecho los asalariados por su vinculación laboral constituye un ingreso tributario en cabeza del trabajador. Es necesario conocer lo que las normas tributarias disponen para efectos de la posible retención en la fuente a que habría lugar de practicarle al trabajador que perciba tales valores.