Las sociedades que sólo al cierre de 2011 alcanzaron, por primera vez, los topes de activos o de ingresos mencionados en la Ley 43 de 1990, tuvieron que haber nombrado en enero de 2012 un Revisor Fiscal, quien sólo firmará todas las declaraciones tributarias que sean de los periodos 2012 y no tendría que firmar la declaración de renta 2011, aunque esta última se presente durante 2012.




