Al inicio de cada año, siempre viene la misma controversia, ¿se debe o no subir el salario a aquellos que perciben más del salario mínimo? La Corte Suprema de Justicia dice una cosa, la Corte Constitucional dice otra.
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Al inicio de cada año, siempre viene la misma controversia, ¿se debe o no subir el salario a aquellos que perciben más del salario mínimo? La Corte Suprema de Justicia dice una cosa, la Corte Constitucional dice otra.


Como un primer paso y con el objetivo de acabar con cualquier tipo de discriminación, el Senado de la República aprobó un proyecto de ley con el cual no se fijarán los términos laborales teniendo en cuenta la condición de género.

Con la Ley 1429 en la cual se autorizó la compensación de vacaciones hasta la mitad, éste año 2011 ha sido de muchas consultas, indebidas interpretaciones, confusiones con las acumulaciones, su forma de pago, etc. Por ello, en éste especial navideño, una recopilación de nuestros editoriales publicados éste año.

Es común que muchos trabajadores inicien vacaciones en diciembre y cuando éstas terminan sea enero, pero sus salarios han tenido variación a partir del 1 de enero, bien por disposición de la ley o convencional o contractualmente. En dichos casos, el valor de las vacaciones NO se debe reliquidar.

El Código Laboral dice una cosa mientras la Corte Suprema de Justicia otra. Cómo debe ser el tema del cobro de intereses por parte de un empleador cuando le presta dinero a un empleado.

Siempre se ha presentado una confusión, entre la prohibición que establece el código Laboral y la permisividad que estableció la Corte Suprema de Justicia, en el cobro de intereses al trabajador cuando su empleador le presta dinero. ¿Se puede o no se puede cobrar intereses al trabajador?

En Colombia una mujer trabaja 10,8 horas promedio a la semana más que los hombres. Además, el desempleo de ellas es 82% más elevado que el de ellos. El desempleo de género es casi el doble del de los hombres.


Aquí le decimos lo que debe tener en cuenta cuando usted trate temas como los salarios, el auxilio de transporte y las vacaciones en Semana Santa.

Es muy común, especialmente con los vendedores en las empresas, que se les fije una remuneración sólo compuesta por comisiones, sin un salario fijo de base. Para hacer lo anterior, debe tener en cuenta varios aspectos.

Muchos empresarios insisten en disfrazar verdaderos pagos salariales bajo figuras cómo los gastos de representación. Sobre el particular, la Sala Laboral de la H. Corte Suprema de Justicia reitera cuando son verdaderos gastos de representación o por el contrario, son salario, en condena al equipo Once Caldas.