Aunque las vacaciones remuneradas son un derecho que tiene todo trabajador por cada año de servicio, el momento para empezarlas a disfrutar es concertado, pero prevalece el criterio del empleador.
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Aunque parezca ilógico, son distintos los valores pagados por vacaciones. En un caso cuando se liquidan y se disfrutan con una continuidad laboral y otro valor cuando la persona no alcanza a disfrutarlas efectivamente y son pagadas a través de la liquidación.