Esta será una de las preguntas que responderá el Dr. Diego Guevara, Líder de Investigación Contable y Tributaria, de 5:00 pm a 6:00 pm, en nuestro Consultorio Contable. Formula tu pregunta.
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||

Esta será una de las preguntas que responderá el Dr. Diego Guevara, Líder de Investigación Contable y Tributaria, de 5:00 pm a 6:00 pm, en nuestro Consultorio Contable. Formula tu pregunta.

Esta será una de las preguntas que responderá el Dr. Diego Guevara, Líder de Investigación Contable y Tributaria, de 5:00 pm a 6:00 pm, en nuestro Consultorio Contable. Formula tu pregunta.

Esta será una de las preguntas que responderá el Dr. Diego Guevara, Líder de Investigación Contable y Tributaria, de 5:00 pm a 6:00 en nuestro Consultorio Tributario. Formula tu pregunta.

Esta será una de las preguntas que responderá el Dr. Diego Guevara, Líder de Investigación Contable y Tributaria, de 5:00 pm a 6:00 en nuestro Consultorio Contable del día de hoy.

En el día de HOY el Dr. Diego Guevara y el Dr. Alexander Coral estarán respondiendo, por un espacio de dos horas, sus inquietudes en temas Laborales y Tributarios. Estas son algunas de las preguntas planteadas.

Esta pregunta, junto con otras 13 fueron respondidas por el Dr. Diego Guevara, Líder de Investigación Contable y Tributaria, en el Consultorio Contable del pasado miércoles 26 de Mayo de 2010. Vea todas las respuestas.

Aunque no contribuyan en el Impuesto de Renta, los “Grandes Contribuyentes” retienen más IVA y reportan más Información Exógena Tributaria.

Cuando se despide a un trabajador sin justa causa, y se le deba reconocer una indemnización por despido, las normas vigentes nos señalan un procedimiento un tanto complejo sobre la forma en que tal “indemnización” debe entrar a estar sujeta a la respectiva Retención en la Fuente. En este editorial te aclaramos las normas y conceptos vigentes que rigen este asunto.

Hoy en día, es posible que un mismo agente retenedor enfrente la situacion de efectuar compras de bienes o adquisición de servicios a un mismo proveedor en un mismo día. Frente a ello, es necesario tener presente cómo serían los procesos de retencion en la fuente a titulo de renta y a titulo de IVA en dichos casos especiales, pues la norma vigente indica que se harían de distinta forma. En este editorial te comentamos cómo se harían dichas retenciones.

Mediante el decreto 1115 de abril 18 de 2006, las entidades del Estado empezarán a practicar una menor retencion en la fuente a las personas juridicas y naturales con quienes celebren contratos de consultoría para obras publicas. Enterate de cuales fueron los cambios introducidos por esta nueva normativdad.

En Marzo 27 de 2006 el gobierno expidió el decreto 886 con el cual deroga el decreto 3595 de Octubre de 2005, y fija unas nuevas tarifas para practicar retenciones en la fuente por el concepto de emolumentos eclesiásticos que se efectúen a personas naturales en Colombia. Entérate de los importantes cambios que este decreto establece.

En lo que respecta a la figura de vender vehículos, es muy común en nuestro país que los propietarios de un vehículo (ya sea un propietario persona natural o un propietario persona jurídica), cuando deciden venderlo, lo único que hacen es firmar un documento de “compraventa de vehículo”, y dejar firmado, con varias casillas en blanco, el documento con que se formaliza el traspaso ante las autoridades de tránsito. Dentro de las casillas que se dejan en blanco en este último documento está la casilla para “el nuevo propietario del vehículo”. En este artículo estudiamos el porqué esto no formaliza ante la DIAN la transferencia, y las posibles complicaciones que pueden surgir de ello.