En esta oportunidad haremos referencia a un tema que acaba de pronunciar la Corte Suprema de Justicia Sala Laboral y que modifica el concepto que muchos tienen sobre el pago de Recargo Nocturno en los Trabajadores de Dirección, Confianza o Manejo.

En esta oportunidad haremos referencia a un tema que acaba de pronunciar la Corte Suprema de Justicia Sala Laboral y que modifica el concepto que muchos tienen sobre el pago de Recargo Nocturno en los Trabajadores de Dirección, Confianza o Manejo.

Aunque parezca inaudito, hay empresas en las que exigen a los trabajadores que repongan el tiempo del día festivo o en su lugar, descuentan del salario dichos días. Veamos por qué ello es absolutamente ilegal.

Existe una posibilidad para que el trabajador labore una jornada máxima de diez (10) horas y no de ocho (8), sin que esas dos (2) horas signifiquen el pago de recargos por horas extras. La respuesta está en la Ley 789 de 2002.

En todo contrato de trabajo se debe pactar un salario fijo y una jornada, pero si al trabajador se le pide que haga unas horas extras, su salario aumentará. Lo anterior no significa que el contrato salarial tendrá alguna modificación.

En el contrato de trabajo se pacta un salario fijo y una jornada. Pero si al trabajador se le pide que haga unas horas extras, su salario aumentará, pero eso no significa modificación contractual del salario, ni la obligación a que siempre se le debe pedir que haga trabajo extra.

Algunas empresas laboran 24 horas continuar, para ello, es posible implementar el trabajo por turnos o la existencia de dos jornada. ¿Cómo se manejan las horas extras?

Hay empresas que laboran siempre los días domingos como restaurantes, clubes sociales, etc., pero no están en mucha capacidad para pagar los recargos legales por labores en domingo. Aquí una solución legal.

Si bien las normas establecen que el personal de dirección, confianza y manejo NO se les paga por trabajo extra a la jornada máxima de 8 horas, se debe tener muy claro que trabajadores detentan dicha calidad, para evitar cuantiosas demandas.


Hay empleados contratados para laborar diariamente 4, 5 o 6 horas, pero si con este horario deben trabajar más tiempo al día, ¿se les debe pagar horas extras?

Cuando de manera excepcional un trabajador debe laborar un domingo o festivo, siempre surge la duda de cómo pagarlo y como compensarlo. Aquí explicamos qué hacer.

Algunos empleadores tienen la costumbre de exigir de sus trabajadores que repongan las horas no laboradas un día festivo. Esto es contrario a la ley. Aquí está la justificación y las normas que se estarían infringiendo.