Si tienes dificultades para ver este Boletín, dirígete a http://www.actualicese.com/boletin/B172.html
Asegúrate de recibir este Boletín añadiendo @actualicese.com.co a tu lista de contactos o a tu lista "segura".

Boletín No. 172 | Año 7 | Julio 18, 2007

 


En este Boletín:

  1. Cuáles son los ingresos por compensaciones que obligan a declarar renta 2006 a los asociados de las CTA?

  2. Modelo para cálculo de depreciación por el método de reducción de saldos

  3. Para efectos de la Declaración de renta, el patrimonio de las Personas naturales se estima con pautas fiscales y no con pautas comerciales - Conferencia Virtual

  4. En julio 31 de 2007 vence plazo para terminación anticipada de procesos tributarios con la DIAN

  5. Para cuando se utilice el beneficio del art.158-3, el activo solo se podrá depreciar por línea recta

  6. Se modifican requisitos para empresas que aspiren a ser autorretenedoras a título de renta

  7. Especiales y Novedades

  8. Novedades Normativas

 

5 Conferencias sobre la Declaración de Personas Naturales

¿Ya visitaste nuestro Catálogo de servicios y productos?

Comparte este Boletín con algún amigo o colega.

Deben declarar si compensaciones superan los 1.400 UVT
Cuáles son los ingresos por compensaciones que obligan a declarar renta 2006 a los asociados de las CTA?

En vista de que los asociados de una CTA no tienen las condiciones para ser considerados ni como “asalariados” ni como “trabajadores independientes”, tales personas tendrían que declarar renta cuando sus ingresos por compensaciones superen el monto indicado en el artículo 592 del ET.

En este editorial analizamos este caso en su aplicación para el año gravable 2006.

Revisa el artículo completo

Seminario Permanente de Actualización
Conferencia de esta semana...

NIIFs para Pymes - Parte 1
Conceptos, características y normatividad sobre el Proyecto de Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas

Comenzamos un nuevo tema en nuestro Seminario Permanente de Actualización Contable y Tributaria con el ‘Proyecto de Normas Internacionales de información financiera para pequeñas y medianas empresas’ (NIIF para PyMES). Este estará dividido en tres partes y sobre esta temática, que está de moda, se prepararon 18 preguntas las cuales fueron respondidas por el Contador Público Rafael Franco Ruiz. Destacado Investigador y Docente, quien ha sido presidente del 'Colegio Colombiano de Contadores Públicos'. Actualmente es el Presidente Nacional y Director Científico de 'Investigar Consultores S.A.'. 

De igual manera, se desempeña como consultor en entidades oficiales y en numerosas empresas del sector privado. También es catedrático de diversas universidades del país. Ha sido, además, Presidente del Consejo Técnico de la Contaduría, miembro de la Junta Central de Contadores y reconocido conferencista en numerosos eventos nacionales e internacionales de temas como el TLC y las Normas Internacionales de Contabilidad. 

Recuerda: este es un servicio pagado exclusivo para suscriptores.
Más información y suscripciones, aquí
.

Hoja de Trabajo en Excel
Modelo para cálculo de depreciación por el método de reducción de saldos

Según lo indicado en el artículo 134 del ET, es posible que los contribuyentes deprecien de forma más acelerada sus activos fijos mediante la utilización del método conocido como “Reducción de saldos”.

En esta herramienta se suministra una hoja de cálculo en la que se puede visualizar la forma de aplicar dicho método antes y después de la eliminación de los ajustes integrales por inflación fiscales .

Revisa este archivo


Conferencia Virtual Gratuita

Para efectos de la Declaración de renta, el patrimonio de las Personas naturales se estima con pautas fiscales y no con pautas comerciales

Duración:8 minutos 57 segundos
Modalidad: Conferencia en línea

Costo: Ninguno.

Al momento de determinar si el patrimonio bruto que poseía una persona natural a diciembre 31 superaba o no el monto indicado en los artículos592 a 594-1 del ET (monto que obliga a presentar la declaración anual del impuesto de renta), es muy importante conocer que el valor de los bienes que componían dicho patrimonio bruto, para efectos de la declaración de renta, no se define conforme al valor comercial que los bienes tuvieran a dicha fecha sino conforme las pautas indicadas expresamente en los artículos 267 a a 279 del ET.

Contenido

  1. Comentarios a las normas contenidas en los art.267 a 279 del ET y que establecen de qué forma se establece el valor fiscal de los bienes que posea una persona natural a diciembre 31

  2. Análisis, con un caso práctico, sobre un error que se podría cometer a la hora de determinar el valor fiscal de las acciones y aportes y que llevaría erroneamente a la conclusion de que el patrimonio bruto de la persona natural a diciembre 31 sí supera el tope que obliga a presentar la declaración anual del impuesto de renta.

Haz click aquí para ver esta Conferencia

 

Desde nuestro Blog Oficial

El grito de independencia del Contador

En la novela “Mil Novecientos Ochenta y Cuatro”, del genial George Orwell hace ya casi 60 años, su protagonista –Winston - descubre cómo la pobreza de los pueblos esclaviza a sus miembros.

El Gran Hermano (como lo sospechaba, fue la novela que inspiró a muchos realities) era una figura omnipresente que recordaba a cada uno de los ciudadanos sus deberes y obligaciones con la sociedad. Ante cualquier falla, la famosa “Policía del Pensamiento” entraba y castigaba.

No voy a entrar en la obviedad de comparar al Gran Hermano con la Dirección de Impuestos, que francamente fue la primera analogía que se me ocurrió al leer esta famosa novela. Lo que realmente me inquietó fue la constante vigilancia de los deberes, la estricta y frugal calidad de vida sin privilegios ni comodidades, todas estas sin recordar al ciudadano nunca, en ninguna parte, que también tenía derechos.

Y, tal como el protagonista descubre, estaba el derecho a soñar, que era el más peligroso y subversivo de todos.

Y este derecho fue el que llevó hace casi 200 años a nuestros padres de la patria a lanzar su grito de independencia. Los sueños los impulsaron a liberarse del yugo de la pobreza, de la esclavitud de la miseria.

Y por ello, me pregunto… nosotros como Contadores, ¿cuándo vamos a dar nuestro grito de independencia? ¿Cuándo vamos a comenzar a creer en nuestra profesión como una disciplina liberal, una disciplina en donde nuestro talento se valore más que la cuadrada observancia de reglas dictaminadas por nuestro Gran Hermano criollo?

Las reglas están ahí para cumplirse, nadie debe decir lo contrario. Las normas dan orden a una sociedad díscola, así como la disciplina da orden al adolescente rebelde. Pero las normas no deben coartar la capacidad de analizar, pensar más allá, agregar valor.

A eso nos referíamos cuando mencionábamos el metrico adicional que debemos caminar hacia la excelencia. Intentar ahondar en nuestra labor diaria documentándonos, estudiando y capacitándonos para ser los verdaderos asesores de gerencia que dejamos de ser cuando nos preocupamos por hacer más las labores operativas y repetitivas que las labores analíticas y predictivas que se sueñan los empresarios que cuentan con nuestros servicios.

El bajo nivel de remuneración con que contamos como Contadores nos ha esclavizado, y nos ha robado nuestra capacidad de soñar. Y nuestro grito de independencia, más que una demostración física o violenta (un sinsentido absoluto), debe ser un clamor interior que nos despierte del letargo de la operatividad y nos lleve a interesarnos en más y mejores horizontes con los que cuenta sólo una profesión tan bella como la nuestra.

Si soy un auxiliar contable, a profesionalizarme. Si soy un contador supernumerario, a documentarme sobre cómo elevar mi nivel profesional. Si soy un contador independiente, a buscar estos horizontes en el análisis financiero, el análisis de costos, el derecho tributario - por contar sólo unos pocos que mi limitada memoria me evoca en este momento.

Esta no es una labor fácil. Winston, el protagonista de la novela que comentaba antes, sucumbió (perdón si le arruiné el final a alguien). Pero nuestros próceres no claudicaron.  Por que al fin y al cabo, las grandes tareas son para grandes espíritus, y nadie me arranca del corazón el convencimiento de que el Contador Público cuenta con espíritu de sobra.

¿Estamos de acuerdo? (escucho comentarios!)

 

Jose Hernando Zuluaga M.
CEO (Presidente y Fundador)
actualicese.com


Postdata: ¿Cómo te ha ido con tu software contable?

Una breve nota: está prendida la polémica alrededor de nuestro blog oficial actualicese.com busca software contable.

¿Tienes alguna sugerencia? ¿has tenido alguna experiencia (buena o mala) con algún proveedor de software que creas debemos tener en cuenta? ¿tienes alguna recomendación?

Cuéntanos... contamos contigo

Tu también puedes publicar tus artículos en actualicese.com

En el Boletín anterior...

  1. En las DR 2006 con beneficio de auditoría, habría menos tiempo para solicitar la devolución del saldo a favor

  2. Formato para solicitud devolución de pagos en exceso o de lo no debido ante la DIAN

  3. Las simples compras de casas o carros pueden convertir en declarante de renta a una persona natural - Conferencia Virtual

  4. En las DR 2006, algunas personas naturales tendrían que denunciar ingresos por intereses presuntivos

  5. Cómo se actualizarán los Avalúos técnicos de activos fijos en el 2007 y siguientes?

  6. Se modifica la tarifa de retención del IVA para compras de hojas de tabaco

>>Enlace Patrocinado

Cuadernillo de Actualización en Información Exógena Tributaria en Medios Electrónicos
Cuadernillo de Actualización en la Declaración de Renta para Personas Naturales

Material impreso de más de 300 páginas con todas las resoluciones, instructivos y material de ayuda

Indice completo

(El Cuadernillo es parte integral de nuestro Paquete de Actualización en la Declaración de Renta para Personas Naturales Año Gravable 2006)

Especiales

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ventana al día - Indicadores y datos de uso frecuente

Interés Corriente (Superfinanciera)
1 de Julio - 30 de Septiembre 2007
Credito de consumo y ordinario. 19.01%
1 de Abril 2007- 30 de Marzo 2008
Microcredito : 22.62 %

Ver Tabla
Interés de Mora
1 de Julio - 30 de Septiembre 2007
Anual : 28,52%
Mensual
: 2,3758 %
Ver Tabla
(¿por qué?)
Tasa de Usura (SuperFinanciera)
1 de Julio - 30 de Septiembre 2007
Credito de consumo y ordinario. 28.51 %
1 de Abril 2007- 30 de Marzo 2008
Microcredito 33.93%
(¿por qué?)
Ver Tabla
Unidades de Valor Tributario - UVT
2007 - $20.974
Resolución 15652 del 28 de diciembre de 2006
PAAG del mes
Desmonte Contable de los Ajustes por Inflación
DTF
8,35 %
Rendimiento Presuntivos(DIAN)
2006 - 6.31%
2007 - 6.82%
Indice de Precios al Consumidor (IPC)
Junio 0,12%
Acumulado 2007 : 4,55%
Ver Tabla
Tarifa de Impuesto de Timbre
1.5% a partir de 01/01/2007 -
$125.844 .000
I.V.A. General
16%
Tarifa de Impuesto de Renta
34% año gravable 2007
Ahorros inembargables
De 01/10/2006 a 30/09/2007
$ 22,064 211

Ver Circular

Depósitos sin juicio de sucesión
$36.773.679
( 01/10/2006 - 30/09/2007 )
Salario Mínimo Legal
2007- $433.700
Ver Decreto
Auxilio de Transporte
2007 - $50.800
Ver Decreto
Sanción Minima
A partir de 01/01/2007
$210.000


Material de Referencia

Estatuto Tributario de la Secretaria del Senado

PUC Comercial

Otros PUC

Calendario Tributario 2007

Información sobre el RUT

Tabla Imporenta 2006

Bases de retención distinta a salarios 2007

PAAG (2006 e histórico)

Tabla de Ajustes por Inflación acumulados desde 1992

Según los artículos 54 y 55 de la ley 1111 de 27/12/2006
En julio 31 de 2007 vence plazo para terminación anticipada de procesos tributarios con la DIAN

De conformidad con lo indicado en los artículos 54 y 55 de la ley 1111 de dic de 2006, los contribuyentes que hasta antes de diciembre 27 de 2006 tenían procesos tributarios en discusión con la DIAN (originados en liquidaciones oficiales, requerimientos especiales, resoluciones que imponen sanciones, etc), y cuya discusión se estuviera agotando ya sea directamente ante la DIAN (via gubernativa; ver art.55) o ante los tribunales (via administrativa; ver art.54), tendrán hasta el 31 de julio de 2007 para poder hacer acuerdos con la DIAN de forma que se pueda dar una terminación anticipada a dichos procesos.

En este editorial comentamos esta importante normatividad.

Revisa el artículo completo


No se podrían aplicar métodos de depreciación acelerados
Para cuando se utilice el beneficio del artículo 158-3, el activo solo se podrá depreciar por línea recta

La norma contenida en el art.158-3 del ET, en su aplicación para los años 2007 y siguientes, permite que los contribuyentes se tomen una deducción fiscal equivalente al 40% del valor invertido en activos fijos productivos. Sin embargo, para que dichos contribuyentes no disminuyan aun más la base de su impuesto de renta, la norma les impide utilizar métodos de depreciación distintos al de linea recta sobre dichos activos.

En este editorial comentamos esta importante norma.

Revisa el artículo completo

Paquete de Actualización en la Reforma Tributaria

Paquete de Actualización en Información Exógena Tributaria en Medios Electrónicos
Contiene
6 CONFERENCIAS EN VIDEO +
10 VIDEO-TALLERES CON EJEMPLOS EN EXCEL+
CUADERNILLO (370 páginas)

Haz click aquí para ver más información acerca de este producto

Según la resolución 7560 del 27/06/2007
Se modifican requisitos para empresas que aspiren a ser autorretenedoras a título de renta

Con la expedición de la resolución 7560 del 27 de junio de 2007, la DIAN ha efectuado una segunda modificación en lo corrido del año 2007 a la norma contenida en la resolución 4074 de mayo 25 de 2005, norma que regula cuales son los requisitos que permitiría a una persona jurídica el poder actuar como autorretenedora del impuesto sobre la renta y complementario a nivel nacional. En esta ocasión se indica que Las empresas que lleguen a ser calificadas como “Zonas Francas Permanentes Especiales” no tendrían que cumplir con todos los requisitos de la resolución 4074 de 2005 para su aceptación como entes autorretenedores.

En este editorial analizamos los puntos más importantes sobre esta disposición.

Revisa el artículo completo

Novedades

Para tener en cuenta...

Ver recopilación de preguntas y respuestas

Novedades Normativas

Acceso sin costo a Conceptos Actualizados de la DIAN

  • Decreto 2559 de 06-07-2007
    Por el cual se adiciona el artículo 5 del Decreto 1165 de 1996

  • Resolucion 1086 de 29-06-2007
    Por la cual se certifica el interés bancario corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario.

  • Sentencia 15238 de 28-06-2007
    La sala debe determinar si tanto el auto de inspección tributaria como el emplazamiento practicado a la sociedad, tuvieron la virtud de suspender el término para la notificación del Requerimiento Especial, impidiendo la firmeza de la liquidación privada, o si, el emplazamiento para corregir no suspendió el término y por tanto el requerimiento especial fue extemporáneo, ocurriendo en consecuencia la firmeza de la declaración.

  • Circular Externa 006 de 27/06/2007 Supersolidaria
    Aclaración s obre instrucciones dadas en la circular 005 de 2007, en relación con los Artículos 7º y 9º el Decreto 4588 del 27 de diciembre de 2006.

Ver toda la Normatividad publicada


Otras novedades

Eventos

XVII Congreso Colombiano de Contadores Públicos y Encuentro Latinoamericano Contable
Lugar : Centro de Convenciones y Exposiciones Plaza Mayor , Medellín - Colombia
Fecha: 17, 18 y 19 de agosto de 2007

XXIV Simposio sobre Revisoría Fiscal 2007
Fecha: Octubre 10 - 12 de 2007
Lugar : Riohacha, Guajira, Centro de Covenciones Anais Mai

XXVII CIC. “El Contador Público y la Responsabilidad Social en la Empresa”
Lugar: Santa Cruz de la Sierra, Bolivia
Fecha: 21-24 de Octubre – 2007

Capacitación

Diplomado Gerencia Integral Contable

Fecha: 10 de agosto a 3 de noviembre de 2007
Lugar: Pontificia Universidad Javeriana - Cali

Blogs

Blog "De nuestros usuarios"

Blog - Actualicémonos con los Expertos!

Blog - Actualicémonos con los grandes

Blog - Colectividades

Blog de Ocio

Blog de Recopilación de Noticias

¿Cómo Contactarnos?

Editorial:
editor@actualicese.com
Negocios y Marketing:
negocios@actualicese.com
Publicidad :
publicidad@actualicese.com

Para cualquier otro asunto:
Dirígete a nuestro Formulario de Contacto

Suscríbete a nuestros próximos Boletines

Aún no te has suscrito? Recibe la información Contable y Tributaria más actualizada en tu correo electrónico semanalmente. Análisis serios basados en la teoría, la experiencia y el conocimiento. Y además, recibirás una buena cantidad de beneficios adicionales (descuentos, regalos especiales, premios...)

Para suscribirte, dirígete a http://www.actualicese.com/boletin

¿Deseas poner tu anuncio en este Boletín?

Si deseas ver tu anuncio en este Boletín de Actualización Contable y Tributaria, escríbenos con tus datos e información básica del anuncio al siguiente correo:
publicidad@actualicese.com

Has recibido este Boletín en esta dirección como parte de tu suscripción a actualicese.com, o quizá porque has comprado alguno de nuestros productos. Puedes cambiar tu correo fácilmente envíandonos un mensaje a boletin@actualicese.com.

Instrucciones para dejar de recibir estos Boletines:

En caso de que te haya llegado por equivocación, o no deseas que te sigan llegando nuestros boletines, copia y pega en tu navegador el siguiente enlace (completo):
http://www.actualicese.com/boletin/eliminar-mi-suscripcion.php?a=[MD5]
Inmediatamente serás excluído de cualquier correo futuro, incluyendo el Boletín de Actualización Contable y Tributaria, en el cual regularmente hacemos regalos especiales para nuestros suscriptores.
De cualquier forma, si prefieres cancelar tu suscripción por correo postal, envíanos tu solicitud a la dirección que aparece al final.

http://www.actualicese.com/
El Portal de los Contadores Públicos
Derechos reservados
actualicese.com® - 2007
Parque Tecnológico de Software
Calle 25 No. 127-220 Autopista Cali-Jamundí
Valle del Cauca / Colombia / Sur América

Tus datos están seguros con nosotros. Respetamos tu privacidad.
Todos los logos y nombres comerciales pertenecen a su respectivo dueño.