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Boletín No. 182 | Año 8 | Septiembre 27, 2007

 


En este Boletín:

  1. Las operaciones entre obligados y no obligados a llevar contabilidad complican los cruces de información para la DIAN

  2. Modelo de Consolidación accionaria exigida en el artículo 130 del decreto 2649/93

  3. Al eliminarse los ajustes por inflación fiscales ¿quiénes quedan sujetos al cálculo del “componente inflacionario”? - Conferencia Virtual

  4. En las copropiedades no habría necesidad de estar exigiendo el RUT a personas naturales del Régimen simplificado

  5. Cómo distinguir entre “Responsables del IVA” y “No responsables del IVA”?

  6. Las clases que se den en los colegios y demás centros de educación son servicios excluidos del IVA

  7. Especiales y Novedades

  8. Novedades Normativas

5 Conferencias sobre la Declaración de Personas Naturales

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De acuerdo a los artículos 27, 58 y 104 del ET
Las operaciones entre obligados y no obligados a llevar contabilidad complican los cruces de información para la DIAN

En caso de que un obligado a llevar contabilidad efectúe operaciones de compra venta con un no obligado a llevar contabilidad, y que ambos estén obligados a efectuar reportes de información exógena tributara a la DIAN, es importante tener presente que algunas veces no habría cruce entre la información de estos tipos de reportantes.

Revisa el artículo completo

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Modelo de Consolidación accionaria exigida en el artículo 130 del decreto 2649/93

De acuerdo con la norma contenida en el artículo.130 del decreto 2649/93, tanto sociedades anónimas como limitadas están obligadas a efectuar anualmente una consolidación del movimiento de cuotas o de acciones que sus socios o accionistas hayan hecho durante el año.

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Conferencia Virtual Gratuita

Al eliminarse los ajustes por inflación fiscales ¿quiénes quedan sujetos al cálculo del “componente inflacionario”?

Duración: 9 minutos
Modalidad: Conferencia en línea

Costo: Ninguno.

En vista de que la ley 1111/06 derogó la aplicación de los ajustes por inflación fiscales, se podría entender que para los años 2007 y siguientes todas las personas juridicas y naturales quedarían sujetas al calculo del “componente inflacionario” calculo que permite tomar una parte de sus ingresos por intereses como “ingreso no gravado” al igual que tomar una parte de sus costos y gastos y rechazarla como “costo o gasto no deducible”. Sin embargo, la misma ley 1111 se encargó de aclarar quiénes seguirán aplicando dicho “componente inflacionario en sus declaraciones de renta 2007 y siguientes.

Contenido:

  • Aclaración sobre lo que significa el “componente inflacionario” y las partidas de la declaración de renta que se ven afectadas con el mismo (los ingresos y costos o gastos por concepto de intereses y demás rendimientos financieros)
  • Explicación sobre lo que sucedería en los años 2007 y siguientes con dicho componente inflacionario en vista de la eliminación que de los ajustes por inflacion fiscales se hicieran con la ley 1111/de 2006

Haz click aquí para ver esta Conferencia

 

Desde nuestro Blog Oficial

Los Contadores Públicos hacemos sentir nuestra voz frente a las TICs

Por una amable invitación del Ministerio de Educación, asistimos a la Mesa Regional de la Industria de TIC en el Hotel Intercontinental el día 13 de Septiembre del 2007.

El objetivo era que los asistentes contribuyeramos a la formulación de un Plan Nacional de  Tecnologías de la Información y Comunicaciones con el cual se busca reafirmar los desarrollos previstos en la Ley 1151 de 2007 ( Plan de Desarrollo 2006-2010)   y el programa Visión Colombia II- Centenario 2019. 

La reunión que fue de gran interés y contó con la presencia de especialistas (casi todos  Ingenieros de Sistemas) y ejecutivos de la región y además con los Decanos de las Facultades del Ingeniería de Sistemas de todas las Universidades. 

En representación de los Contadores Públicos, hicimos propuestas relacionadas con los temas que son de nuestra incumbencia como las siguientes: 

Nuestras propuestas

Acceso a los Créditos del sector Bancario  

Cuando se crean y desarrollan empresas de tecnología, la dificultad más grande en la actualidad está en el acceso al crédito, puesto que la banca colombiana no está preparada o interesada sino en financiar empresas que respalden sus créditos con bienes tangibles; esto es un problema, dado que las empresas de Tecnología tienen su mayor valor en los intangibles y el Capital intelectual.

Proponemos que se establezcan metodologías para la correcta “valuación de intangibles” como activos que llevados a los estados financieros sea aceptados por el sector Bancario y que de ser necesario el gobierno establezcan ordenamientos para facilitar los créditos.

Es preciso establecer  criterios contables, económicos y financieros de ser  necesario especiales, tanto a nivel nacional como internacional que logren para estas empresas una mejora de los índices financieros y de las  razones financieras que les permitan  facilitar el acceso a los recursos crediticios.

Buscar la forma para que el sector Bancario Colombiano por medio de políticas del estado se reinserte constituyéndose en un apoyo a la sociedad.

Reducción el en costo de las Certificaciones de calidad
Se hace indispensable  que se unifiquen criterios entre los entes Certificadores de Calidad para que el costo de esta certificación que emiten  organismos como  Incontec sea más económico para los empresarios.

Acceso a Capitales de riesgo  
Establecer  en el cupo de recursos para el sector; “capitales de riesgo” como apoyo a la investigación y desarrollo de nuevas tecnologías.

Protección a los Derechos de autor y al Capital Intelectual  

Se debe establecer y mantener la protección a los productores de software  colombiano dando a conocer y ampliando si es necesario el control en la normatividad relacionada con Derechos de autor y propiedad intelectual

Ampliar el Beneficio Tributario de la Renta Exenta al software nuevo  
Modificar a partir del año gravable 2008  el denominado  beneficio tributario de la Renta Exenta del software nuevo,  puesto que el actual beneficio  no es sino una forma de diferir el impuesto, dado que actualmente como el pago del impuesto no lo hace la sociedad, sino que lo paga el socio. La modificación simplemente sería el de ampliar  el beneficio de la renta exenta a los socios.

Propuestas de otros
(Para ver el resto de este blog, haz click aquí)

 

En el Boletín anterior...

  1. No existe sanción aplicable a quienes no lleven el libro fiscal de operaciones diarias

  2. Modelo de un memorial para solicitud devolución saldo a favor Impuesto de renta Persona Jurídica.

  3. ¿¿En qué casos las personas naturales serían agentes de retención del impuesto de timbre? - Conferencia Virtual

  4. ¿Podrían las personas naturales solicitar la devolución de los “anticipos al impuesto de renta”?

  5. En qué consiste el límite de los descuentos tributarios establecido en el artículo 259 del ET?

>>Enlace Patrocinado

Seminario Permanente de Actualización

Especiales

 

Se modifica el Régimen de Contabilidad PúblicaResoluciones que modifican este régimen

Cartilla práctica del IVA
Herramienta elaborada por el centro Bogotá Emprende

 

 

 

 

 

 

 

Ventana al día - Indicadores y datos de uso frecuente

Interés Corriente (Superfinanciera)
1 de Julio - 30 de Septiembre 2007
Credito de consumo y ordinario. 19.01%
1 de Abril 2007- 30 de Marzo 2008
Microcredito : 22.62 %

Ver Tabla
Interés de Mora
1 de Julio - 30 de Septiembre 2007
Anual : 28,52%
Mensual
: 2,3758 %
Ver Tabla
(¿por qué?)
Tasa de Usura (SuperFinanciera)
1 de Julio - 30 de Septiembre 2007
Credito de consumo y ordinario. 28.51 %
1 de Abril 2007- 30 de Marzo 2008
Microcredito 33.93%
(¿por qué?)
Ver Tabla
Unidades de Valor Tributario - UVT
2007 - $20.974
Resolución 15652 del 28 de diciembre de 2006
PAAG del mes
Desmonte Contable de los Ajustes por Inflación
DTF
8,88 %
Rendimiento Presuntivos(DIAN)
2006 - 6.31%
2007 - 6.82%
Indice de Precios al Consumidor (IPC)
Agosto -0,13%
Acumulado 2007 : 4,58%
Ver Tabla
Tarifa de Impuesto de Timbre
1.5% a partir de 01/01/2007 -
$125.844 .000
I.V.A. General
16%
Tarifa de Impuesto de Renta
34% año gravable 2007
Ahorros inembargables
De 01/10/2006 a 30/09/2007
$ 22,064 211

Ver Circular

Depósitos sin juicio de sucesión
$36.773.679
( 01/10/2006 - 30/09/2007 )
Salario Mínimo Legal
2007- $433.700
Ver Decreto
Auxilio de Transporte
2007 - $50.800
Ver Decreto
Sanción Minima
A partir de 01/01/2007
$210.000


Material de Referencia

Estatuto Tributario de la Secretaria del Senado

PUC Comercial

Otros PUC

Calendario Tributario 2007

Información sobre el RUT

Tabla Imporenta 2006

Bases de retención distinta a salarios 2007

PAAG (2006 e histórico)

Tabla de Ajustes por Inflación acumulados desde 1992

Por medio de controles establecidos en el ET
En las copropiedades no habría necesidad de estar exigiendo el RUT a personas naturales del Régimen simplificado

El control establecido en el artículo 177-2, para que los costos y gastos gravados con IVA efectuados con personas naturales del régimen simplificado puedan ser deducibles en una declaración de renta, es uno de los tantos controles que no es de forzosa aplicación para las entidades “no contribuyentes del impuesto de renta” como lo son las copropiedades de los conjuntos residenciales o comerciales.

Revisa el artículo completo


Se deben combinar muchas variables a la hora de decidir
Cómo distinguir entre “Responsables del IVA” y “No responsables del IVA”?

De acuerdo con las normas que rigen el Impuesto sobre las ventas, son muchas las variables que se deben tomar en cuenta a la hora de decidir si cuando se efectúa cierta actividad económica las personas naturales o empresas se convierten o no en “responsables del IVA”.

Revisa el artículo completo

Según el numeral 6 del artículo 476 del ET
Las clases que se den en los colegios y demás centros de educación son servicios excluidos del IVA

De acuerdo a lo indicado en el numeral 6 del art.476 del ET, las personas que den clases en los colegios y demás centros educativos, y lo hagan por prestación de servicios, no están obligados a inscribirse en el RUT como responsables del IVA pues en tales casos el servicio prestado se toma como excluido del IVA.

Revisa el artículo completo

Impuestos aplicables a las personas Jurídicas constituidas como Entidades sin Animo de Lucro

Otros especiales:

Novedades Normativas

  • Resolucion 354 de 05-09-2007
    Por la cual se adopta el Régimen de Contabilidad Pública, se establece su conformación y se define el ámbito de aplicación

Ver toda la Normatividad publicada


Otras novedades

Eventos

Septimo Simposio de Contadurìa Pùblica : " La interdisciplinariedad de la contaduria y su incidencia en los sectores productivos "
Lugar y Fecha: Paipa- Boyacà , Octubre 4, 5 y 6 de 2007
Organiza : Escuela de Contadurìa Pùblica, Universidad Pedagogica y Tecnològica de Clombia, Facultad Seccional Sogamoso.

Seminario Internacional Auditoría Financiera Forense “Prevención en delitos económicos y financieros”
Lugar y Fecha: Octubre 5 y 6 de 2007 , Bogota
Organiza: Fundación Universitaria San Martin Facultad Universidad Abierta y a Distancia Programa de Contaduria Publica ,"Cano y Suarez, International Trading Ltd" en convenio internacional con "United States Interamerican Community Affairs"

XXIV Simposio sobre Revisoría Fiscal 2007
Fecha:
Octubre 10 - 12 de 2007
Lugar : Riohacha, Guajira, Centro de Covenciones Anais Mai
Convoca: Federación de Contadores Públicos de Colombia FEDECOP ,

Seminario Internacional Perspectivas críticas de la Contabilidad contemporanea
Fecha:Octubre 12 - 13 de 2007
Lugar : Cali, Pontificia Universidad Javeriana
Convoca: Universidad Javeriana y Universidad del Valle

Seminario - Taller Lavado de activos, Auditoría forense y extinción de dominio
Lugar y fecha: Bogota, Octubre 17 de 2007
Organiza: Auditores y Asesores Asociados siglo XXI

XXVII CIC. “El Contador Público y la Responsabilidad Social en la Empresa”
Lugar: Santa Cruz de la Sierra, Bolivia
Fecha: 21-24 de Octubre – 2007

 

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