¿De afán? - Diligenciar Orden de Compra

Incluye esta vez un CD con un Video Taller de 3 horas en el cual se ilustra la forma en que un asalariado obligado a presentar su declaración de renta por primera vez (llamado imaginariamente “Rafael Antánas Uribe Petro”) prepararía entonces su Declaración de renta por el año gravable 2009. En ese mismo CD están incluidos más de 180 megas de materiales complementarios (archivos en Excel, en Word, PDF y html) con las normas y demás herramientas que se necesitan para estudiar y practicar este importante tema.
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De acuerdo con las normas contenidas en los Artículos 592 a 594-3 del Estatuto tributario, las Personas Naturales deben cumplir en total 6 requisitos para quedar exoneradas de la obligación de presentar su Declaración de Renta por el año gravable 2009 ante el gobierno Colombiano.
En consecuencia, quienes incumplan alguno de tales requisitos sí quedarían obligados a presentar la respectiva Declaración y el plazo máximo para hacerlo vencería en agosto o septiembre de 2010 (ver artículo 15 Decreto 4929 de Diciembre de 2009).
Es interesante mencionar como ejemplo que algunas Personas Naturales responsables del IVA en el régimen simplificado, en especial los comerciantes minoristas, porque sus ingresos brutos del 2009 no pasaron de 4.000 UVTs, $95.052.000, pueden entonces seguir en el Régimen simplificado del IVA durante el 2010 (ver art.499 del E.T). Sin embargo, si esos ingresos brutos del 2009 sí superaron los 1.400 UVT, $33.268.000, entonces sí debe en todo caso presentar su declaración de Renta por el año gravable 2009 (ver artículo 592 del E.T.).
Además, gracias a la inmensa cantidad de información exógena tributaria que la DIAN pide cada año a los bancos, notarios y empresas públicas y privadas, se han detectado muchas Personas Naturales que sí estaban obligadas a declarar pero que no lo hacen oportunamente (las califica como “omisas”).
Adicionalmente, la exigencia de información exógena tributaria que la DIAN hizo por el año gravable 2009 a través de su Resolución 7935 de Julio de 2009 implica que aquellas Personas Naturales que a diciembre de 2008 tuvieron ingresos brutos superiores a los $ 1.100.000.000, deben tener lista su declaración de renta del año gravable 2009 en abril de 2010 para así poder entregar la mencionada información exógena entre abril y mayo de 2010 no obstante que luego puedan presentar y pagar su declaración de renta del 2009 en agosto o septiembre del 2010.
Sumado a lo anterior, por el año gravable 2009 se podrá aplicar el beneficio de auditoría mencionado en el artículo 689-1 del Estatuto Tributario con lo cual, si se cumplen ciertos requisitos, la liquidación privada del impuesto de renta que realicen las personas naturales en dichas declaraciones quedaría en firme en solo 6 ó 12 ó 18 meses contados desde la fecha en que se decida presentar oportunamente la declaración.
Además, y de acuerdo a lo que se estableció en el artículo 8 de la Ley 1370 de Diciembre de 2009, el patrimonio líquido que se declare a Diciembre 31 de 2009 (que en la práctica es el mismo de Enero 1 de 2010) es el que la DIAN tomará como referencia para saber si audita o no a los contribuyentes que en Enero 1 de 2011 declaren un menor patrimonio liquido si sucede que el de Enero 1 de 2010 era mayor (pues en esos casos se sospecharía que se quiere eludir el nuevo Impuesto al patrimonio que se creó con esa Ley 1370 y que gravará los patrimonios líquidos que en Enero 1 de 2011 lleguen a ser superiores a los $3.000.000.000). Esto implica que se debe tener muy bien elaborada la declaración de Renta 2009 (en especial por parte de aquellos declarantes con patrimonios líquidos altos)
De otra parte, debe tenerse en cuenta que la DIAN, a través de su Resolución 01336 de Febrero de 2010 estableció las nuevas reglas sobre quiénes son ahora los obligados a presentar sus declaraciones tributarias en forma virtual, norma entonces que también deberán tomar en cuenta las personas naturales obligadas a presentar su Declaración de Renta del año gravable 2009.
Con base en lo anterior, es necesario tener claro quiénes son los obligados a presentar su Declaración de Renta por el 2009 (para luego no quedar entre la lista de omisos) y al mismo tiempo tener claros algunos puntos relevantes que se deben cumplir cuando sí se está obligado a declarar.
1 Publicación: Guía de Referencia Impresa (+100 páginas)Con 111 páginas, esta publicación abarca los puntos más importantes que toda Persona Natural y/o Sucesión ilíquida debe conocer en el proceso de definir si debe presentar o no su declaración de Renta al Gobierno Colombiano por el año gravable 2009 y la forma en que deberá prepararla y presentarla en caso de que sí quede obligado a ello.
Los temas explicados en el libro se pueden ampliar (y hasta practicar) con la consulta del material complementario en CD que lo acompaña (material que incluye plantillas en Excel de los formularios 110 y 210, cartillas instructivas en PDF de la DIAN, archivos en Word, PDF y Html con toda la normatividad vigente y actualizada, etc, etc.)
Tabla de Contenido
CAPITULO I:
FUNDAMENTOS BÁSICOS DEL IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS Y SU APLICABILIDAD DURANTE EL EJERCICIO 2009 EN EL CASO DE LAS PERSONAS NATURALES COLOMBIANAS Y EXTRANJERAS (OBLIGADAS Y NO OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD)
1.1 ¿Cuáles son las actividades gravadas con el impuesto de renta, y cuál es su “impuesto complementario” al de renta (“ganancias ocasionales”)?
1.2 ¿Porqué es importante el factor “Residencia” en el caso de las personas naturales? (incluye comentarios sobre los convenios de doble tributación suscritos hasta ahora entre Colombia y otras naciones)
1.3 Distinción de las categorías de las personas naturales según sus actividades económicas:
a. Obligadas a llevar contabilidad
b. No obligadas a llevar contabilidad
1.4. Depuración de las bases sobre las cuales se liquida el impuesto de renta y su “impuesto complementario” (ganancia ocasional)
1.5. ¿Cuáles personas naturales fueron solo “contribuyentes” por el 2009, y cuales son “contribuyentes obligados a declarar” por el 2009?
CAPITULO II:
CONSIDERACIONES A LA FORMA EN COMO LAS PERSONAS NATURALES DEBEN DENUNCIAR SUS ACTIVOS Y PASIVOS A DIC.31 (DISTINGUIENDO ENTRE LAS OBLIGADAS Y LAS NO OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD)
2.1. Por qué se pide reportar los activos y pasivos en la declaración (efectos que tendrá el patrimonio liquido declarado a diciembre 31 de 2009, que en la práctica es el de Enero 1 de 2010, para la comparación que la DIAN hará entre este y el de enero 1 de 2011 el cual será generador del Impuesto al patrimonio creado con la Ley 1370 de 2009; ver art.8 de dicha Ley)
2.2. Normas que rigen la determinación del valor patrimonial (valor fiscal) por el cual se declaran los activos y pasivos
2.2.1. Valor patrimonial de los saldos en Bancos y Cuentas de ahorro
2.2.2 Acciones y aportes en sociedades (caso especial: las acciones suscritas en sociedades por acciones simplificadas-SAS; Ley 1258 de 2008)
2.2.3. Inversiones temporales
2.2.4. Cuentas por cobrar
2.2.5. Inventarios
2.2.6. Activos Fijos-Bienes Inmuebles (caso especial: los adquiridos por Leasing Habitacional)
2.2.7. Derechos Fiduciarios y Activos adquiridos mediante Leasing
2.2.8. Intangibles (formados o adquiridos)
2.2.9. Muebles y enseres, obras de arte, joyas
2.2.10. Aportes en Cooperativas, en Clubes, en Fondos de Pensiones y en Fondos de Cesantías
2.2.11. Pasivos
CAPITULO III:
CONSIDERACIONES IMPORTANTES SOBRE LOS INGRESOS Y LAS RENTAS EXENTAS
3.1. Ingresos constitutivos de Renta ordinaria e Ingresos constitutivos de Ganancia Ocasional
3.2. Cruce entre los valores llevados a las declaraciones de IVA durante el 2009 y los llevados a la declaración de renta
3.3. Cruce con los valores que se denuncian en la seguridad social (salud y pensiones)
3.4. Ventas de activos fijos (vehículos, bienes raíces, acciones)
3.5. Ingresos no gravados
3.6. Rentas exentas y su manejo
3.6.1. Situaciones especiales con las Rentas Exentas
3.6.2. Cómo determina un asalariado o un asociado de una CTA el valor de sus “rentas exentas” en su declaración de renta del 2009
CAPITULO IV:
CONSIDERACIONES IMPORTANTES SOBRE COSTOS, DEDUCCIONES y COMPENSACIONES
4.1. Soporte de los costos y gastos y momento para deducirlos
4.2. Límite a los costos y deducciones de los profesionales independientes
4.3. La Deducción especial por inversión en activos fijos productores de renta
4.4. Deducibilidad de algunos impuestos pagados durante el año
4.5. Costos y gastos por operaciones gravadas con IVA efectuadas con personas naturales del Régimen Simplificado del IVA
4.6. Cantidad de cuotas anuales a deducir durante el 2.009 para quienes manejaron “Leasing Operativo”.
4.7. Pérdidas no aceptables fiscalmente.
4.8. Compensación de Excesos de Renta presuntiva sobre Renta líquida
CAPITULO V:
OTROS ELEMENTOS IMPORTANTES A LA HORA DE ELABORAR UNA DECLARACIÓN DE RENTA DE PERSONAS NATURALES
5.1. Consideraciones sobre la liquidación de la Renta presuntiva
5.2. Repaso de los descuentos tributarios vigentes para el 2.009
5.3. Consideraciones sobre el beneficio de auditoría (Art.689-1 del E.T).
5.4. Consideraciones sobre la Liquidación del anticipo al impuesto de renta 2010 (renglón 80 formulario 110, o 65 en el 210)
5.5. Consideraciones sobre sanciones aplicables a la presentación de la declaración
5.6 La importancia de hacer una “Conciliación Patrimonial”.
CAPITULO VI:
FORMALIDADES EN EL PROCESO DE DILIGENCIAMIENTO Y PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN
6.1. Inscripción Previa en el RUT.
6.2. Código de actividad económica.
6.3 Presentación de la declaración por vía electrónica (quiénes están obligados a hacerlo por esa vía).
6.4. Firma de Contador Público en la declaración.
6.5. Plazos para la presentación de la declaración.
6.6. Elaboración de información exógena tributaria a la DIAN con los mismos datos que hayan de quedar contenida en la declaración de renta por el año 2009.
6.7. Domicilio en el cual se debe presentar la Declaración y sitios para el pago de impuestos
6.8. Declaraciones con valor a pagar inferior a 41 UVTs.
6.9. Normas especiales para las personas secuestradas.
CAPITULO VII:
PROYECCION DE LA DECLARACIÓN DE RENTA POR EL AÑO GRAVABLE 2010
7. 1. Análisis a los criterios establecidos en las normas de los Art.592 a 594-1 y que definen cuales serán las personas naturales obligadas a presentar declaración de renta por el año gravable 2010.
APÉNDICES
Apéndice 01: Cuadro ilustrativo del anexo de Acciones y aportes en sociedades de una persona no obligada a llevar contabilidad
Apéndice 02: Cuadro ilustrativo del anexo de Semovientes Bovinos de una persona no obligada a llevar contabilidad
Apéndice 03: Cuadro ilustrativo del anexo de Activos Fijos-bienes raíces de una persona no obligada a llevar contabilidad
Apéndice 04: Cuadro ilustrativo del anexo de Vehículos de una persona no obligada a llevar contabilidad
Texto de Normas importantes
1 CD - Taller Práctico:Esta vez hemos incluido un CD con un Video Taller de 3 horas de duración en donde el autor de la publicación ilustra la forma en que un Asalariado (llamado imaginariamente “Rafael Antánas Uribe Petro”), obligado a presentar por primera vez declaración de Renta, prepararía entonces su Declaración de Renta por el año gravable 2009.
En ese mismo CD están incluidos más de 180 megas de materiales complementarios (plantillas en Excel y archivos en Word, PDF y html) con las normas y demás herramientas que se necesitan para estudiar y practicar este importante tema.
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Actualmente es el Líder de Investigación Contable y Tributaria en actualicese.com. Contador Público de la Universidad del Valle con amplia experiencia en el manejo de los temas de los impuestos nacionales. Ex miembro de la firma Deloitte y de la firma Cabrera y Asociados S.A. de Cali. Profesor en programas de diplomados, y escritor de artículos para la revista Impuestos de la Editorial Legis S.A.
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