“Dividendos” porcentaje de las ganancias obtenidas por una sociedad durante el ejercicio social que se paga a los accionistas
“Utilidades” la diferencia positiva entre ingresos y erogaciones o ganancia efectivamente alcanzada en cada ejercicio.
Es la proporción de las utilidades líquidas que, una vez efectuadas las deducciones correspondientes al pago de impuestos, enjuague de pérdidas de ejercicios anteriores y retención de reservas sociales, son divididas entre el número de cuotas o de acciones suscritas.
La utilidad no requiere de la existencia de dividendos, sin embargo, para hablar de dividendos, se requiere que haya utilidades y que el máximo órgano social determine que las utilidades se repartan entre los asociados o por el contrario, no repartir (Por disposición legal, ej. absorberse pérdidas, etc.)
Hola, un saludo a todos los usuarios.
Soy Alexander Coral, abogado, líder de investigación legal en actualícese.com y hoy queremos muy rápidamente, explicar dos aspectos o mejor dos términos, que usamos casi siempre como similares en nuestro lenguaje, en las sociedades mercantiles respecto a las utilidades y los dividendos, siempre los asimilamos, siempre muchas veces decimos se repartió, se repartió entre los socios o accionistas utilidades, o hubo en la sociedad dividendos y jugamos y hacemos una mezcla de estos términos como si fuesen sinónimos, son muy cercanos, pero si le vamos a dar un significado más técnico, van a encontrar que son diferentes.
Entonces muy brevemente miremos lo siguiente, que dice la Real Academia de la Lengua, vámonos a eso. Utilidad dice: provecho, conveniencia, interés o fruto que se saca de algo, ojo, sobre todo esta parte, interés o fruto que se saca de algo, ojo con lo que estoy diciendo.
Ahora, dividendo viene del latín dividendus, o sea dividere o dividir. Mire que se nos da una similitud de alguna manera, fruto que se saca de algo y en el dividendo es el dividir. Repito, la utilidad es el fruto, el dividendo el dividir.
Ahora, para dividendo entonces me trae, así como el dividir me dice: cantidad en que ha de dividirse por otra, cuota que al distribuirse ganancias en una compañía mercantil corresponde a cada acción, ¿están viendo?, dividir, dividir, dividir, cada una de las cantidades parciales que se compromete a satisfacer el subscriptor de una obligación, una acción u obligación o a requerimiento de la entidad emisora, pero mire que en todas me deja entender cuando hablamos de dividendo, dividir, dividir. Utilidad fruto, dividendo dividir. Miremos eso en otros términos.
Mire, y aquí yo me apoyo en un concepto que emitió recientemente la Superintendencia de Sociedades sobre el particular, dice: Utilidades, la diferencia positiva entre ingresos y erogaciones o ganancia efectivamente alcanzada en cada ejercicio. El fruto, ¿están viendo? La diferencia positiva entre ingresos y erogaciones o ganancia efectivamente alcanzada en cada ejercicio. Vean esta última parte, ganancia efectivamente alcanzada, o sea lo que queda, el fruto que queda después de los descuentos correspondientes que la ley ordena en una sociedad, las erogaciones, ese es el verdadero fruto, el fruto va a ser la utilidad.
Los dividendos, porcentaje de las ganancias, porcentaje de ese fruto obtenido por una sociedad durante el ejercicio social que se paga a los accionistas. Entonces mire como yo juego con las palabras, porcentaje de las ganancias, porcentaje del fruto obtenido por una sociedad durante el ejercicio social que se paga a los accionistas.
Otra definición más, o mejor dos conclusiones que podemos llegar teniendo esto claro. Dividendos, es la proporción de las utilidades liquidas que, una vez efectuadas las deducciones correspondientes al pago de impuestos, enjuague de pérdidas de ejercicios anteriores y retención de reservas sociales, son divididas entre el numero de cuotas o acciones suscritas. O sea ¿qué es el dividendo?, para poder hablar de dividendo es porque existe un fruto, quedo un fruto del ejercicio social y ese fruto lo vamos a dividir entre el número de acciones suscritas o las cuotas sociales en una sociedad mercantil.
Y podemos también entonces decir lo siguiente, la utilidad, o sea el fruto, no requiere la existencia de dividendos, ¿Qué significa eso? Que podrá existir fruto, pero no obligatoriamente existir dividendos, ¿por qué? Porque la empresa puede arrojar utilidades, puede arrojar un fruto, pero no lo queremos dividir este año, ¿Por qué? Porque se va para reserva plena, porque de pronto se va para jugar perdidas o porque simplemente el máximo órgano social dice, este año no vamos a repartir el fruto que quedo, que son las utilidades, ¿correcto? Entonces, no lo vamos a repartir, no lo vamos a dividir, o sea no vamos a entregar dividendos, a pesar de que existe fruto u/o utilidades.
Y también podemos señalar lo siguiente, para hablar de dividendos, hay sí que tiene que existir utilidades, para hablar de dividendos, o sea tiene que haber fruto. Si hay fruto decidimos si lo repartimos o no, pero si vamos a hablar de repartir es porque tiene que haber fruto, si vamos a hablar de dividir es porque la sociedad tuvo que haber dado una utilidad.
Entonces dice la Superintendencia, en esta definición de la Supersociedades dice, para hablar de dividendos se requiere que haya utilidades y que el máximo órgano social determine que las utilidades, o sea el fruto, se repartan entre los asociados, socios o accionistas o por el contrario, se puede decidir que ese fruto, la utilidad, no se reparta, por ejemplo disposición legal, absorber perdidas, se va para reserva legal, etc.
Entonces amigos, vuelvo y repito, usamos con frecuencia el termino utilidades y dividendos, como si fuesen términos similares, pero si nos vamos ya en términos concretos, una cosa es el fruto que se arroja después de restar todos los descuentos de ley, esa es la utilidad o el fruto final y otra cosa es, si decidimos como junta, como junta de socios o máximo órgano social como asamblea de accionistas, si decidimos repartir ese fruto entre los socios accionistas, o sea pagar dividendos.
Hasta aquí esta breve explicación de las diferencias entre estos dos términos.
Les hablo Alexander Coral.
Mil gracias.
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