El efecto de las conciliaciones es netamente fiscal y no afecta para nada los Estados Financieros. Las diferencias que se presenten deberán ser registradas en las cuentas de orden que reflejan las diferencias entre las cifras utilizadas para las declaraciones tributarias y las contenidas en el balance general y/o el estado de resultados.
La utilidad o pérdida contable (antes de impuesto de renta) resulta de la información registrada por las personas jurÃdicas aplicando para ello las normas de contabilidad generalmente aceptadas en Colombia, contenidas en los Decretos 2649 y 2650 de 1993 y demás normatividad que las reglamentan o amplÃan.
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Con más de treinta años de experiencia en el ramo, es un reconocido experto y conferencista en las áreas contables y tributarias. Es Contador Público, Administrador de Empresas y Especialista en ContralorÃa Financiera de la Universidad Javeriana de Cali, con varios diplomados en Calidad y ConsultorÃa Empresarial, entre otros.
Su vocación docente lo llevó a dirigir por 4 años la carrera de ContadurÃa Pública en la Universidad Javeriana de Cali, además de ser profesor durante 28 años en ella y en distintas universidades en la ciudad de Cali, incluyendo la Universidad del Valle.
Actualmente alterna su labor de Miembro de Tribunal Disciplinario de la Junta Central de Contadores en representación de los Contadores Públicos, y como CEO de actualicese.com.
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