Entre los diversos puntos que se tocan en este capÃtulo están: las sociedades y entes jurÃdicos serán nacionales (teniendo que tributar sobre sus ingresos y patrimonios mundiales) si tienen alguna de las tres caracterÃsticas enumeradas en los arts. 12 y 12-1 del E.T.
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Actualmente es el LÃder de Investigación Contable y Tributaria en actualicese.com. Contador Público de la Universidad del Valle con amplia experiencia en el manejo de los temas de los impuestos nacionales. Conferencista en las más recientes reformas tributarias.
Ex miembro de la firma Deloitte & Touche Ltda. y de la firma Cabrera y Asociados S.A. de Cali.
Profesor en programas de diplomados, y escritor de artÃculos para la revista Impuestos y del periódico Ambito JurÃdico de Legis.
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