Se iniciaron los vencimientos de renta y complementarios para personas naturales. Hay que recordar que el plazo para presentar la declaración y para cancelar, en una sola cuota, el valor a pagar por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios y del anticipo, se inició el 1° de marzo del 2012, y vence en las fechas del mismo año que podrás encontrar en nuestro portal, atendiendo los dos últimos dÃgitos del NIT del declarante que conste en el Certificado del Registro Único Tributario RUT, sin tener en cuenta el dÃgito de verificación.
Seguramente en todo este proceso vendrán largas filas, tiempo invertido, inconvenientes digitales, obstáculos con la tecnologÃa utilizada. La DIAN llevará del bulto, en fin…
Bajo los argumentos anteriores…
¿Cuáles son los mayores inconvenientes que se pueden presentar en la época de declaraciones de renta? Déjenos su comentario
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