Tabla del
impuesto sobre la renta y complementarios para el año
gravable 2004
"Artículo 241. Tarifa para personas
naturales y extranjeras residentes y asignaciones y donaciones
modales. El impuesto correspondiente a la renta gravable de
las personas naturales colombianas, de las sucesiones de causantes
colombianos, de las personas naturales extranjeras residentes
en el país, de las sucesiones de causantes extranjeros
residentes en el país y de los bienes destinados a fines
especiales, en virtud de donaciones o asignaciones modales,
es determinado en la tabla que contiene el presente artículo.

El Gobierno Nacional ajustará cada año
los valores absolutos contenidos en la presente tabla, aplicando
el ciento por ciento (100%) de la variación acumulada
del Índice de Precios al Consumidor para ingresos medios
que corresponde elaborar al DANE en el periodo comprendido entre
el primero de octubre del año 2003 y el primero de octubre
del año anterior al gravable.
Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias
de los contribuyentes del impuesto sobre la renta el Gobierno
podrá determinar el tamaño y el número
de intervalos dentro de cada rango de renta gravable, guardando
proporcionalidad con el tamaño de los intervalos contemplados
en la tabla de retención en la fuente.