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Martes, mayo 17, 2011

[Edicto] Aviso de trabajador fallecido para pago de salarios y prestaciones adeudadas

Todo empleador debe publicar mínimo dos veces un edicto anunciando el fallecimiento de un trabajador y el nombre de las personas que manifiestan ser sus beneficiarios antes de pagarles, ello con la finalidad de que personas con mejor derecho, puedan reclamar.