Guía detallada que describe cada uno de los formatos que deben utilizar las distintas personas o entidades informantes.

Guía detallada que describe cada uno de los formatos que deben utilizar las distintas personas o entidades informantes.

Reportes de Información Exógena Tributaria a la DIAN año gravable 2012.

Reportes de Información Exógena Tributaria a la DIAN año gravable 2012.

Reportes de Información Exógena Tributaria a la DIAN año gravable 2012.

Reportes de Información Exógena Tributaria a la DIAN año gravable 2012.

Reportes de Información Exógena Tributaria a la DIAN año gravable 2012.

Reportes de Información Exógena Tributaria a la DIAN año gravable 2012.

Caso de quienes reportarán a los terceros que superen $500.000 o $10.000.000 (parágrafo 1 y 5 del art. 4 de la Resolución).

Reportes de Información Exógena Tributaria a la DIAN año gravable 2012.
Caso de quienes reportarán a todos los terceros por conceptos diferentes a pagos laborales sin importar su cuantía, y en el caso de pagos por rentas de trabajo solo a los que igualen o superen los $10.000.000 (parágrafos 2 y 5 del artículo 4 de la Resolución).

Reportes de Información Exógena Tributaria a la DIAN año gravable 2012.

Herramienta para elaborar y organizar la información exógena/medios magnéticos 2010 según Resolución 8660 de 2010.

Con esta herramienta se ilustra la forma en como se obtendría, desde los registros contables y los certificados de retenciones en la fuente, los datos que luego han de ser llevados al formato 1002 con la información sobre retenciones de Renta, IVA y Timbre practicadas a terceros durante el 2010 tal como lo solicitan los artículos 1, 2 y 5 de la Resolución 8660 de Agosto de 2010. Quienes solo deban entregar este formato lo deberán hacer entre el 16 de Febrero y el 23 de Marzo de 2011.

Plazos para la entrega de información exógena a la DIAN por el año gravable 2010.

En esta hoja de trabajo sí se pueden hacer ciertas operaciones que no se permite hacer en el Prevalidador Tributario diseñado por la DIAN tales como hacer un ordenamiento de todos los registros según el “Nit”, o según el “Concepto”, etc.

Se ilustra la forma en la cual se tendría que organizar algunos de los datos que se lleven a la Declaración de Renta año gravable 2010 y que terminarían siendo reportadas por los obligados a ello en los formatos 1011 y 1012 a los que se refiere el artículo 12 de la Resolucion 8660 de Agosto de 2010.

En los ultimos años la DIAN ha decidido expedir las resoluciones en fechas tempraneras para que los obligados a suministrarla se enteren de sus obligaciones con más tiempo y si es del caso puedan acondicionar sus sistemas de información contable para cumplir con todo lo que exigen las nuevas. Aqui presentamos un comparativo de los plazos para presentar la Información Exógena del año 2009 para el 2010 .

En este archivo se ilustra la forma en la que toda inmobiliaria, Agencia Aduanera y demás personas personas naturales o jurídicas que durante el año 2009 hayan actuado como mandatarias en contratos de mandato elaborarían los 7 formatos mencionados en el Artículo 15 de la Resoluciòn DIAN 7935 de Julio de 2009

Herramienta en Excel (Es un DEMO solo para elaborar el formato 1002-Retenciones practicadas ) muy útil para la elaboración de los Medios Magnéticos (Información exógena) ante la DIAN correspondiente al año 2009, cuyos vencimientos ya comenzaron. Está elaborada según la Resolución 7935-2009.

En esta herramienta se ilustran los pasos a seguir por parte de las personas o entidades que estén obligadas a entregar a la DIAN, entre el 6 abril y el 18 de Mayo de 2010, el formato 1001 exigido en el artìculo 4 de la Resolución 7935 de Julio de 2009 referente a los pagos a terceros realizados durante el 2009

Anexo encontrarás una plantilla que te permite generar y subir los Medios Magnéticos Distritales – Localidad Bogotá siguiendo los pasos de la guía anexa.
Por favor tener en cuenta que solo sirve para cumplir los requisitos de las personas obligadas a cumplir el artículo 6 de la Resolución DDI 235056 – 16 de septiembre de 2009. Retenciones de ICA. Iguales o superiores a $500.000, las otras inferiores a la suma indicada no se deben reportar.