En esta plantilla se ilustra un modelo de la forma en que todo tipo de persona natural (colombiana, extranjera, residente o no residente, obligada o no a llevar contabilidad) efectuaría el cálculo de su Renta Presuntiva por el año gravable 2011. Tenga presente que para dicho cálculo deberá tener en cuenta lo dispuesto en la Ley 1429 de 2010, si se trata de personas comerciantes acogidas a los beneficios de dicha ley e igualmente lo que dispuso el Consejo de Estado en su fallo de junio 16 de 2011 para el expediente 18024, cuando indicó que los aportes en fondos voluntarios de pensiones se deben restar del patrimonio sujeto a Renta Presuntiva.
