De acuerdo con la Resolución 560-004015 de julio 27 de 2012, expedida por la Superintenendencia de Sociedades (Art. 121 de la Ley 1116 de 2006 que fue modificado con el Art. 44 de la Ley 1429 de diciembre de 2010), las sociedades obligadas al pago de la contribución para gastos de funcionamiento año 2012 a favor de la Superintendencia de sociedades utilizarán como base el valor total de sus activos contables a diciembre 31 de 2011.
Consulta también nuestro editorial: ” Se establece la contribución 2012 a la Supersociedades”.
Asimismo, dependiendo de la condición jurídica en la que se halle la sociedad obligada a hacer la contribución, las tarifas que deberán aplicarse a esa base serán diferentes (fluctúan entre 15 centavos por cada mil pesos de activos totales y 1 centavo por cada mil pesos de activos totales).
Una vez que se efectúa el cálculo respectivo, el monto definido no puede estar por debajo de $566.700 ni por encima de $709.850.000.
Por tal motivo, la presente herramienta tiene como propósito el de facilitar las depuraciones que se tendrán que hacer por parte de las sociedades obligadas a efectuar la contribución del año 2012 a la Superintendencia de sociedades, dependiendo entonces de la condición jurídica en la que se halle dicha sociedad.
Solo habría que estar cambiado, para cada caso particular, los valores de las celdas resaltadas en amarillo. Los datos de las demás celdas son automáticos.
El valor final de la contribución será liquidado directamente por la Supersociedades quien publicará en una sección especial de su portal la respectiva cuenta de cobro y por tanto, cuando se consulte esta, se podrá examinar si fue correctamente definida por la entidad haciendo las comparaciones de lo que liquidó la Supersociedades y los valores que se hayan calculado con la presente plantilla.

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