Las normas contenidas en los artÃculos 372 y 446 del Código de Comercio indican que en las sociedades comerciales (sean limitadas o asimiladas, o sean anónimas o asimiladas), es necesarioque la Junta directiva presente cada año el Balance general a la Junta de Socios o Asamblea de accionistas para su aprobación o improbación, pero el mismo deberá estar acompañado de varios documentos, entre ellos el mencionado en numeral 2 del art. 446 del E.T. donde se lee: Un proyecto de distribución de utilidades repartibles con la deducción de la suma calculada para el pago del impuesto sobre la renta y sus complementarios por el correspondiente ejercicio gravable.
Este documento incluso se debe tener listo en cualquier momento, pues aunque no figura en el paquete de documentos adicionales que se le entregan cada año a Supersociedades, esa entidad sà incluye la siguiente frase cada año en su Circular con la que se solicita la información financiera de cada año: “En el evento de ser requeridos por esta Entidad para su revisión, serán solicitados en cualquier momento, los siguientes documentos: el informe de gestión, el dictamen del revisor fiscal si lo hubiere y el proyecto de distribución de utilidades.” (ver el numeral 4.1.2 de la Circular 115-00004 de noviembre 3 de 2011 expedida por dicha entidad y en la cual se dice qué documentos se deberán entregar por el año 2011)
A continuación se muestra entonces una plantilla básica de lo que debe contener un “Proyecto de Distribución de utilidades”:

Material complementario:
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