De acuerdo con el artÃculo 386 del ET, los empleadores que apliquen el procedimiento 2 de retenciones en la fuente sobre los salarios que cancelen a sus trabajadores, tendrÃan que definir, en dic de 2007 y junio de 2008, cuál ha de ser el porcentaje fijo que aplicarÃan a los pagos gravables de sus trabajadores durante cada uno de los meses del semestre enero.junio de 2008 y durante cada uno de los meses del semestre julio-dic de 2008
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