Resolución 77928 de 17-12-2012
Superindustria y Comercio. Por medio de la cual se autoriza el uso de la firma mecánica en algunos documentos expedidos dentro de los trámites de notificación adelantados en la Secretaría General.
Superindustria y Comercio. Por medio de la cual se autoriza el uso de la firma mecánica en algunos documentos expedidos dentro de los trámites de notificación adelantados en la Secretaría General.
Superindustria y Comercio. Por la cual se da una orden preventiva de suspensión de producción y comercialización de un producto y se realizan advertencias al consumidor para evitar que se cause daño con su uso.
Ministerio de Comercio & Superindustria y Comercio. Por la cual se aprueba el Formulario Único de Registro Empresarial y Social -RUES- y sus anexos.
Superindustria y Comercio. Suspender la entrada en vigencia de la implementación de establecimiento del Plan de Acción de que trata el numeral 4.2.1, al igual que la obligación prevista en el numeral 4.2.4.2 y en el numeral 4.2.5 respecto a los informes de seguimiento de cumplimiento que deberá remitir el auditor y que trata el último inciso de dicho numeral.
Superindustria y Comercio. Modificación del numeral 1.2 del Título VIII de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Superindustria y Comercio. Modificación del numeral 1.2 del Título VIII de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Superindustria y Comercio. Por la cual se delega en el Superintendente Delegado para la Protección de Datos Personales la facultad de suscribir un convenio con la Agencia Española de Protección de Datos.
Superindustria y Comercio. Por la cual se aprueba el esquema gráfico del formulario único y de certificación del Registro Único de Proponentes.
Superindustria y Comercio. Ampliar término previsto en los numerales 1.1.4.10, inciso 5° y 1.1.9, inciso 2° del Capítulo I del Título VIII de la Circular Única.
Superindustria y Comercio. Adicionar el numeral 1.1.10. al Capítulo Primero del Título VIII de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Superindustria y Comercio. Modificación de la Circular Externa número 19 del 31 de agosto de 2011.
Superindustria y Comercio. Por la cual se modifica, aclara y adiciona la Resolución número 35006 de 2010.
Superindustria y Comercio. Adicionar los numerales 1.1.4.10, 1.1.4.11 y 1.1.9 al Capítulo I del Título VIII de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Superindustria y Comercio. Damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad bajo el número que se indica en el asunto.
Superindustria y Comercio. Los propietarios y administradores de establecimientos para el consumo de alimentos y bebidas (Restaurantes, bares, clubes sociales o culturales, griles, discotecas, cafeterías y similares) están en la obligación legal de expedir la factura de venta o documento equivalente de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Superindustria y Comercio. Impartir instrucciones en relación con el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a las cámaras de comercio, para la aplicación de la Ley 1429 de 2010.
Superindustria y Comercio. Para la inscripción de una sucursal de una fundación sin ánimo de lucro se deben reunir los mismos requisitos que para la inscripción de una sociedad comercial.
Superindustria y Comercio. Damos respuesta a la comunicación por usted radicada en esta entidad bajo el número que se cita en el asunto, en la que consulta sobre el procedimiento para la oposición del registro de una marca ya registrada en Colombia.
Ministerio de Comercio. Por la cual se aprueba el esquema gráfico del formulario único y de la certificación del Registro Único de Proponentes.
Superindustria y Comercio. Por la cual se modifica la Resolución 69699 de 30 de diciembre de 2009 y se prolonga el término de un incentivo.
Ministerio de Comercio. Por la cual se fijan las tasas de propiedad industrial y se modifica la Circular Única del 19 de julio de 2001
La ley ha previsto algunas acciones que pueden ser ejercidas por el legítimo titular de un derecho de propiedad industrial, en el evento en que se vea afectado por un tercero no autorizado para utilizar la marca registrada, las cuales deberán presentarse ante la autoridad respectiva, indicó en reciente concepto la Superintendencia de Industria y Comercio.
Para evitar confusiones al consumidor , el precio de un producto debe corresponder al valor total, el cual incluirá cualquier cargo adicional o impuesto a que hubiere lugar, sin perjuicio de su discriminación en las facturas conforme a las disposiciones tributarias.
Ante las secretarías de Hacienda Municipales deben efectuarse las consultas sobre impuesto de industria y comercio.
Deben ser inscritos en el registro mercantil los actos posteriores a los contratos de fiducia celebrados antes de la Ley 1116 del 2006.
Por la cual se asignan unas funciones y se fija un procedimiento.
Operadores de telecomunicaciones no pueden facturar servicios, si dejan vencer el plazo.
Asistencia técnica no tiene costo, si la garantía del bien o servicio está vigente.
Información suministrada a los consumidores debe ser veraz y suficiente.
Uso de marca registrada no puede inducir a error sobre el origen empresarial.
Modificación del numeral 4 de las Circulares Externas números 004 del 3 de septiembre y 008 del 11 de octubre de 2007.