Concepto 836 de 14-12-2012
Superservicios. Se basa su solicitud en que se le informe si los prestadores de energía pueden cobrar en la facturación del mes siguiente un recargo por la expedición de una nueva factura cuando la primera se ha perdido.
Superservicios. Se basa su solicitud en que se le informe si los prestadores de energía pueden cobrar en la facturación del mes siguiente un recargo por la expedición de una nueva factura cuando la primera se ha perdido.
Superservicios. Se basa la solicitud de concepto en señalar si: ¿…las empresas de servicios públicos domiciliarios en las cuáles hay participación estatal, independientemente de su porcentaje de participación, están obligadas a reportar su información en el Sistema Único de Información Litigiosa del Estado y a suministrar información relacionada con su gestión jurídica, o por el contrario el hecho de tener un régimen jurídico de carácter excepcional las excluye del mismo?.
Superservicios. Deudas de inmuebles adquiridos en remate.
Superservicios. Recuperación de energía dejada de facturar. Los procesos tendientes a recuperar consumos no facturados deben sujetarse a la Constitución y a la Ley.
Superservicios. Contribución de solidaridad para zonas comunes de propiedades horizontales. Dichas zonas comunes están exentas de la citada contribución, en virtud de lo dispuesto en la Ley 675 de 2001.
Superservicios. Se basa la consulta objeto de estudio en determinar si una empresa comercializadora de energía eléctrica que sólo atiende siete usuarios no regulados está obligada o no a contratar Auditoría Externa de Gestión de Resultados.
Superservicios. Por la cual se adopta el Modelo General de Contabilidad para Empresas Prestadoras de Servicios Públicos, en convergencia con los Estándares Internacionales de Contabilidad e Información Financiera de aceptación mundial y se deroga la Resolución 20091300009995 de 2009.
Superservicios. Su solicitud de concepto. Se basa la consulta en responder varias inquietudes relacionadas con la prestación del servicio público domiciliario de manera directa e indirecta.
Superservicios. Las obligaciones dinerarias originadas en la prestación de servicios públicos domiciliarios se entienden incluidas dentro del objeto de la ley , sin embargo éstas podrán ser sujetas a negociación y a un eventual acuerdo de pago en los términos de la Ley 1380 de 2010 o Ley de Insolvencia.
por la cual se establece la transición para la aplicación del modelo general de contabilidad para las empresas prestadoras de servicios públicos en convergencia con los estándares internacionales de contabilidad.
Es indebido cobrar servicios públicos sin suscribir contrato de condiciones uniformes.