Los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio y su complementario de avisis y tableros, deberán presentar y pagar la declración y liquidación privadas por el año gravable 2011, vigencia fiscal 2012 hasta las fechas que se indican a continuación, atendiendo el último dÃgito del NIT del declarante que conste en su RUT.
| Si el último dÃgito es… | Fecha lÃmite para declaración y pago |
| 1 y 2 | Abril 23 de 2012 |
| 3 y 4 | Abril 24 de 2012 |
| 5 y 6 | Abril 25 de 2012 |
| 7 y 8 | Abril 26 de 2012 |
| 9 y 0 | Abril 27 de 2012 |
La declaración y liquidación privada del ICA y su complementario de avisos y tableros deberá realizarse consolidando la totalidad de los ingresos obtenidos por el contribuyente en todos los establecimientos de comercio que posea ubicados en la jurisdicción de Cali, en un sola declaración privada bajo el NIT del declarante.
El valor del impuesto de Industria y Comercio para cada una de las sucursales financieras y agencias de los establecimientos de crédito, instituciones financieras, compañÃas de seguros y reaseguros que realicen sus operaciones en el municipio de Cali por el año gravable 2011, vigencia fiscal 2012, será de 1.75 UVT mensuales.
Para mayores detalles ver la Resolución 0003 de enero 4 de 2012
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