Tengo el agrado de presentarle a los amables lectores la traducción al español de un excelente documento producido por ICAEW a finales de 2012.

Tengo el agrado de presentarle a los amables lectores la traducción al español de un excelente documento producido por ICAEW a finales de 2012.

Mediante Resolución Técnica (RT) Nº 26 y su modificatoria Nº 29, ambas de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), dispuso la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad o International Accounting Standards Board (IASB), para los estados financieros de las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley Nº 17.811 o las que hayan solicitado autorización para estar en el referido régimen, siendo optativo para las entidades que no cumplan con dicha condición.

El personal del IASB desarrollará una orientación para micro empresas extrayendo desde las IFRS(NIIF) para las PYMES sólo aquellos requisitos que son claramente necesarios para la mayoría de estas entidades, sin modificar ninguno de los principios de reconocimiento y medición de activos, pasivos, ingresos y gastos. Sólo los principios fundamentales relativos a dichos requisitos serían incluidos. La guía para micros será un ” sub- set ‘ de la NIIF para las PYMES. No se considerará como un conjunto de estándares independientes.

En el mundo solamente se reconocen dos emisores de estándares para preparación de estados financieros con alcance internacional, IASB y FASB. Nadie en el mundo está haciendo convergencia hacia estándares distintos a los de la IASB.

El IAASB busca opiniones: Nuevo enfoque del análisis del impacto y revisiones a normas sobre la consideración del trabajo de auditoría interna; El IAESB publica el manual 2010; Recomendaciones sobre informes de negocios de líderes clave.

Los procesos de convergencias hacia normas pueden ser convergencia activa de carácter dialógico-internacional, o convergencia pasiva de adoptantes-nacionales. Los procesos de convergencia dialógicos suponen entidades internacionales emisoras de normas dispuestas a marchar hacia un único conjunto de normas de alta calidad de aceptación mundial. Los procesos de convergencia adoptante-nacional implican a un ente nacional especializado en emisión de normas constituido con participación amplia de los grupos de interés nacional, discutiendo bajo unos criterios claros un conjunto diferenciado de normas reconocidas como estándares internacionales de los cuales se espera la adopción de las que sean convenientes para el país.

Colombia ha escogido el camino de la convergencia hacia normas únicas de contabilidad y de información financiera en vez de su adopción. Pero a la larga lo que se busca es mantener la expectativa de la adopción, insertándose en el mundo de la convergencia en espera de que los actores principales vayan alcanzando acuerdos hacia las normas únicas para adoptarlas, y mientras tanto se pueden hacer adaptaciones que respondan a las necesidades particulares de información.

El nuevo CTCP después de cumplir radicando un plan de trabajo en fecha oportuna, se enfrenta a la proactividad en procura de liderar el camino de la convergencia normativa con las redactadas por IASB e IFAC hacia un conjunto único de normas de alta calidad y de aceptación mundial. Para ello, además de los requisitos de formación y experiencia, la ley le exige respetar algunos criterios y tener en cuenta la realidad de los negocios y la perspectiva de los mercados.

Los arrendamientos son operaciones comunes entre muchas entidades de la cuales pueden surgir y a menudo implican importantes activos y pasivos. El modelo contable actual del contrato de arrendamiento ha sido criticado por varias razones, incluyendo afirmaciones de que es innecesariamente complejo, que incluyen criterios o directrices claras pero arbitrarias, y que los resultados en los informes financieros hacen hincapié en la forma sobre la sustancia. Además, las normas de información financiera resultantes del proyecto se espera que propicien una mayor convergencia de las IFRS (NIIF) y los US GAAP (PCGA de EE.UU).

Antes de continuar con algunos temas relevantes de la NIIF para PyME expedida en julio de 2009, reseñamos que por coincidencia en este mismo mes se sanciona la Ley 1314 de julio 13 de 2009, donde se aprobó la convergencia hacia normas internacionales de contabilidad y aseguramiento en Colombia. Número cabalístico, inicia con el número 13 que es el mimo día de su aprobación, el 14 siguiente número es el doble del mes de aprobación 07. A no dudarlo será referencia obligatoria en los próximos 14 años. Se avecinan cambios estructurales en los sistemas de información de las empresas, en las mediciones, reconocimientos y presentación de los hechos económicos que son soporte para las decisiones de negocios y no simples modificaciones a los planes de cuentas como están imaginando algunos usuarios y contadores desinformados o sin cultura contable global.