Documentos TRIBUTAR
Junio 04 de 2012
FLASH 448
Redacción: J. Orlando Corredor Alejo
Plantilla para Documentos
LA RETENCIÓN EN LA FUENTE AHORA SERÁ DESCONTADA POR EL SISTEMA FINANCIERO
Una de las normas emitidas en la reforma tributaria del año 2010 (ley 1430) corresponde a la obligatoriedad de utilizar el sistema financiero para canalizar los pagos sujetos a descuento de retención en la fuente; sin embargo, dicho uso dependía de la emisión de un reglamento que indicara los lineamientos aplicables. Pues bien, acaba de ser emitido el decreto reglamentario 1159 del 1° de junio de 2012, mediante el cual el Gobierno fija los derroteros que serán aplicables al cumplimiento de esta nueva obligación. En esencia, de lo que se trata es que aquellos sujetos obligados a cumplir la norma, deberán empezar a pagar a sus acreedores solamente a partir de una cuenta corriente o de ahorros abierta en un banco con la finalidad de consignar allí los pagos a proveedores para que el banco, además de hacer los correspondientes pagos, descuente el monto de la retención en la fuente que proceda y la consigne a la DIAN en periodos semanales.
Tomado de : www.tributarasesores.com.co
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