[Nota de la Editora] Cambios importantes para solicitar copia o duplicado de un CDT

Por: actualicese.com
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Publicado: 9 de agosto de 2012

Con la expedición de la Ley 1574, se establecen nuevas condiciones e intensidad académica, para que una hijo/a,  (en calidad de estudiante) sea beneficiario de una Pensión por Sobrevivencia, en un editorial que publicamos hoy, analizamos estos y mas detalles de esta novedad en el campo pensional.

Te contamos que a partir del 1 de Octubre, para que cualquier entidad financiera expida copia de un CDT,  NO será necesario contratar a un abogado, y que éste presente una demanda ante un Juez Civil, (periodo en el que no podemos acceder a nuestro dinero).   Para explicarte que se debe hacer a partir de la fecha en mención, hemos preparado un editorial  en el que analizamos los pasos a seguir en caso que esto te suceda.

A las 5:00 p.m. el Dr. Coral estará en consultorio en vivo respondiendo preguntas de propiedad horizontal y derecho comercial.

Recuerden que debemos realizar nuestros actos cotidianos, con 100% de tolerancia.

MONICA SOTELO AGUILAR
Editora
Actualicese.com

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Última actualización: 08/09/2012 | Volver al inicio de esta sección
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